144
LORD MACAULAY.
probaron, con el
Diario de Sesiones
de la Cámara de lo .
Comunes, que los Obispos no habían afirmado Tnás
que la verdad, al hacer presente al Soberano qne la.
prerrogativa de Dispensa que aquél se había arro–
gado fuera repetidas veces declarada ilegal
po¡
el
Parlamento. Somers habló el último, poco más de
cinco minutos, pero todas sus palabras fueron de
g ran peso, y cuando se sentó, su reputación de ora–
dor y legista constitucional estaba hecha. Examinó–
las expresiones
emplead.as en la acusación fiscal para
definir el delito imputado á los Obi pos, y demostró
que cuantas palaoras contenía, ad¡etivos ó sustanti–
vos, eran de todo punto impropias. Decía la acusa–
ción que el documento discutido era un libelo falso,
malicioso y sedicfoso.
o era falso, pues se había cle–
mostrado que todos los hechos á qne aludía eran cier–
tos, según el Diario del Parlameuto. Ta
mpocoera ma–
licioso, pues los acu ados no habían bu ca.do ocasión
de rompimiento, antes al contrario, el Gobierno les
babia colocado en tal situación, que ó habían de opo–
nerse
á
la voluntad Real,
ó
tendrían que vi9lar los más
sagrados deberes que la conciencia
y
el honor impo–
nen.
1
0
era tampoco cierto que el documento fuese–
sedicioso, pues sus autores, lejos de repartirlo entre
el populacho, lo habían entregado secretamente en
manos del Rey. Y por último, no era libelo, sino una
petición digna y decorosa, tal como las leyes de In–
g'laterra, y aun las di la imperial Roma y las de todos
los pueblos civilizados auto1·izan
al
súbdito que se
considera agraviado á presentar al Soberano.
La respuesta del Fiscal fué breve y débil. El Solici–
tar habló largamente y con g ran acritud, siendo in–
terrumpido con frecuencia: por los clamores y silbidos
del auditorio. Llegó basta declarar que niugún súb ·
dito
6
corporación de súbditos, excepto las Cámaras,