~
LORD .MACAULAY.
asistiese como predicador ó
co.mooyente á cualquier
reunión al aire libre, fuese castig ado con la muerte y
confiscación de sus bienes (1).
XXIV.
JACOBO Il Y J, OS PURITANOS.
Esta ley, aprobada
á
instancias del Rey por una
asamblea devota á su voluntad , merece especial men–
ción , porque con frecuencia ha sido presentado Ja–
cobo, por escritores ig norantes, como un Príncipe
cruel é irreflexivo en la elección de los medios, pero
deseoso de conseguir uno de los más nobles fin es
á
que un g·obernante puede aspirar, esto es, el estable–
cimiento de la más completa libertad religiosa. Ni
puede tampoco neg·arse que alg·unos episodios de su
vida, ·separados del conj unto
y
mirados superficial–
mente, parecen favorables
á
esta mane ra de conside–
rar su carácter.
La persecución á que, cuando súbdito, habia estado
suj eto durante muchos años, babia producido en él su
acostumbrado efecto,
y
su inteligencia, aunque es ·
trecha
y
limitada, había aprovechado tan severa dis–
ciplina. Mientras se vió excluido de la Corte, del Al–
mirantazgo y del Consejo,
y
corrió pelig ro de ser
también excluido del Trono, sólo porque no podía du–
dar de la transustanciación y de la autoridad de la
Sed~
de Roma, hizo tan rápidos progresos en las doc–
trinas de la tolera_ncia, que se dejó atrás á Milton
y
á
(lJ
Act
Par!.
Jac.
VII, mayo 8, 1685;
O/Jservator
de 20 de junio
de 1685. Les trange evidentemente deseaba ve r el pmcedento es–
tablecido en Inglaterra .