- 19-
tianowa.
Pero si aquel verbo
tuviere por acusa tivo la cosa
poseída, se hará por participio pasivo; el cacique a cuyo hij o
mataron los salteadores, es muy cristiano , akori ri nac an a
hihuayata yokani mallcojh ancha c ristianowa . Y
si bien se mira no solamente el genitivo, pero ni da tivo, ni acu–
sativo, ni hablativo, cuando son relativos, se pued n hacer en la
lengua por participio. la ra zón es porque en cast ellano los par–
tici¡.¡ios incluyen en si solamen te al nominativo;
y
si hemos di–
cho que cuando
el
relativo en castellano fuere acusa tivo se puede
hacer por participio pasivo, es porque e11 tal caso la oración se
resuelve por pasiva, y así lo que era acusativo viene a ser no–
minativo, y así se debe decir que solamente el relativo d nomi–
nativo
se
puede hacer por participio. porque tampoco en la len–
gua es verdadero dativo o habl ativo.
Lo qu e se ha dicho en esta 3a. manera,
como
también
queda apuntado arriba, se debe entender de todas las oracione
de este tercer modo, que se pueden hacer por ellQ. y 2
9 .
tam–
bién, como se verá lacilmente por quien quiera
que entendiere
bien lo que allí se dij o.
Para resumir todo lo que se ha di cho de los relativos, digo:
que la
F~..
manera se hace con posponer la
qui1ha
al nombre
sustantivo, o adj etivo o interponi endo la
ca,
al verbo, habiendo
primero pue lo todo lo que depende de aquel verbo. y después
inmediatamente poniendo el pronombre
uca
en el caso que su
verbo pidiere.
La 2a. manera se hace con
quiti
o
cuna,
poniéndolos pri–
mero en el ca o que su verbo requiere, y después pon iendo tam–
bién
uca,
su antecedente, aunque en esta lengua se pospone al
relativo.
La 3a. manera se hace por los participios activos y pasi–
vos que incluyen en sí el relativo de nominativo; los activos, de
la co a que hace. los pa ivos, de la cosa que padece. A todo
lo cua l se puede añadir que algunas veces este pronombre
aca
ue significa este, esta, esto, se pone en lugar del relati o. con-