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EL CONDE DE UPERUNDA.

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.apoyo

6

tolerancia, que h llaron n us superiores.

O diendo

á

la considera ion de lo in onvenient ,

que pudiera traer la obs rvancia el

"U~

rio e tra–

judicial ordenado por 1 Duqu de la P lata, re ol-

vió el Rey, que no se pusiese en práctica· pero con–

dolido de las extorsion s, que se h ci n

á

los in–

dios por la administr cion d s· cr m ntos, ncarg6

S.

M. la fiel ob ervanci de lo ranc 1 eclesi s–

ticos. Par e itar el ab ndono de las doctrinas de–

cretó, que ning n párroco po yese cátedra ni nin–

gun otro destino, incorp.patible con la asidua resi–

.dencia.

Al

mismo tiempo, que el Gobierno se e forz ba por

refrenar los excesos de los curas, par ci utorizar

Jos de los corregidores, reglament ndo sus r p rti–

mientos

forzoso~

de efecto . La 1 y había condenado

en vano una iniquidad tan enorme, como p t nte.

Los jueces de residenci , aunque estaban encar a–

dos·de investigarla por la no en· de u· pregunta

~

la pasaban por alto,

6

hall ban en 1 impot ncia

de condenar exce ·os en que todo caian,. de que to–

dos quedaban impunes. L toleranci· arr· i ad hi–

zo, que fuese considerándos 1 inju tificable traba–

jo oomo un mal forzoso. Con esta conviceion pen.

6

Castel-Fuerte, que con endria re 1 mentarlo; el

bondadoso Villagarcía desentendió las prevenciones,

que al efecto babia recibido de la Oórte; por des–

gracia, el Conde de Supetunda activó el sunto,

y

despues de detenidas consultas fprmuló un proyecto,.