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120.

CAPITULO

15.

SOBRE

SI LA

JURISDICCION DE LOS OBISPOS, LES

~ENE.

DEL

PAPA

Ó

DIRECTAMENTE DE

J.

C.

ANTES

de entrar en el examen, del agrado de autoridad,

que tienen ,,los jefes supremos de las naciones en las materias

eclesiastieás, juzgo conveniente, indagar una verdád, que aun–

que para mi,

y

para la mayor parte de los catolicos es ma•

nifiesta,

los nécios. aduladores del Vaticano, quisieron hacer

cuestionable.

¡Cuanto dañan estas disputas, en unos siglos ca–

lamitosos, en que se ha hecho ·la guerra

á

Roma, acusando–

la de avára

y

ambiciosa!-Si la dignidad de los Pontífices es

tan sublime por derecho divino, ¿para que la quieren aumen.

tar algunos autores inconsider-lldos, á costa de la que corres–

ponde á sus colegas? En nuestros gobiernos a1neri canos, ni

nos dejarémos seducir por impíos libertinos, langostas hambrien•

tas que destrozan el santo plantel de la relijion, ni hombres

fu1

iosos, espiritualizados por el fanatismo, nos ateiTorizaran con

sus amenazas

y

bulliciosas exclamaciones-

sentamos la pro·

posicion.!-La juri:s

ioc ion de or<len

y

de gobie no es tan di·

vina en los

obi~

, s como en el Papa, roconociendose en este

la primacia.

EL

dictamen ael señ r Solis Obispo de Córdoba

y

Vi–

rey

de Ara

n

a o

n

701;}

df; ór len d

S. M. C. el Rey

de España sobre los a usos

e

la

co'fte de Roma, contie–

ne principios muy luminosos para esta cuestion.

Lc .s he ra•

tificado

y

cotejado con

los canoni tas mas respetables.

Sin

embargo, es mi costumbre buscar los argumentos en las es–

crituras

y

PP. de la Iglesia, su contenido será la prueba.

D1cE

el señor Solis: "Y si bien todos' sin ecepcion reci.

binon inmediatamente de Cristo, no solo la potestad de or–

den, sino tambien la de espiritual jurisdiccion,

y

con esta la

policia eclesiastica, que reside en el cuerpo de la Iglesia, se

distingue S. Pedro de los demas en la prerrogativa de Pri–

matlu, con la cual obtuvo la preeminencia entre los apos_toles,

que gozan entre los majistrados los jefes, respecto de los miem–

bros, que los constituyen •••••••• Siendo pues los obispos suc–

c esores de

los

apóstoles , como el romano Pontífice de S.

!?edre·; asi como el recibe de

J.

C. la potestad de jurisdic–

cion con

la p rerrogativa de jefe

y

primado, los demas obis–

pos la tienen con igual inmetliacion, no del Papa, sino del mis ·

'-