3
1
1-
M
rJ\eportorio uni1Jerfol dela
mandado hacer viviendas,
y
cafas de pupilage par:t los'
Maellros,
y
Difcipulos en los Colegios que aquellos
tenían : conforme á la Real Proviíion del Confejo en el
Extraordinario
á
confulta de S. M. en 5. de Oél:ubre
de
1767.
9
MAYORDOMO MAYOR. El de S. M. que por
lo regular Cuele fer Grande de Efpaña de primera da–
fe , tiene la autoridad de poder llamar
á
los Seiíores
Alcaldes de Corte para los negocios tocantes
á
fu em–
pleo, Auto
65.
tit.
6.
lib.
z.
de la Recop. de
12.
de
Febrero de
I
706.
y
Real Decreto con la mifma fecha,
sue fe comunico
a
la Sala.
.
ro MALLORCA. La planta de fu Real Audien–
cia, formada por el Seiíor Don Felipe Ql!inro en
28.
de
Noviembre de
171 5.
es femejante á la de Aragon, que
"reíide en la Ciudad de Zaragoza , Autos
I 2. I
5.
20.
121.
zz.
23.
y
25.
tit.
z.
lib.
3·
de la Recop. con fola
la diferencia de que de la de · Mallorca fe_pueden traer
a
el Supremo Confejo de Callilla los procefos de Pley–
tos entre Partes ,
~aufo
videndi
,
antes de íentenciarfe.,
como fe tiene dicho , verbo
.lludienrias
en la letra A•.
num.
15
7·
I 1
MALLORQYINES. Se les mantiene en la po....
'teGon de poder obtener ellos folos las Prebendas , BeJ
neficios ,
y
Rentas EcleGaO:icas del Reyno de Mallorca,
¡:¡ue gozan por Cedulas Reales,
y
Bulas Pontificias ; pe...
l:o con la calidad de que tampoco han de gozar algu–
nas de dichas Rentas en los demas Reynos de la Co...
i:ona, Au-to
u.
11ud.
z.
y
30.
tit.
z.
lib.
3·
de Recop.¡
kie
7·
de
Junio
de
1723.
,u,
MALI.Q~<¡UINES,
El\
las
Ca.ufªs
qiminale.~
~1\