moduna (]{eal
Jurifprudenci
a.
M 3
1
7
juzgare convenientes , y por las noticias de las Secreta–
rias del Real Patronato ,
y
de las Indias.
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MEDIAS -ANNATAS. Defeando S. M. el ali–
vio de los provHl:os , y
remover Jos embarazos que pu–
dieran ocurrir , les concede para el pago de ellas en los
Dominios de Efpaña
el
termino de un año, defpues
qe la proviíion , con tal que Jos nombrados fe obliguen
á
pagar dentro de él en la Depoíitaría de Madrid lo
que por el Colell:or General bien infiruido fe declarafe;
mandando , que evacuada efta diligencia , fe les def–
pache la Cedula de nombramiento :
y
lo mifmo fe ob–
ferva en quanto ;{ peníiones {obre Mefas Arzobifpales,
y
Obifpales de efios Dominios ; y que no obfiante que
por los Breves Apofiolicos folo fe defiina para la Real
Capllla la prorrata de un m-es annual , valor de los Be–
neficios , y Peníiones que no llegan á feiícientos duca–
dos, defeando aplicar
a
los Capellanes, y Miniftros una
'decente dotacion para afegurar perpetuamente la afif–
tencia ,
y
mayor culto Divino , nfando de la fucultad ,
que a S. M. es concedida en los mi linos Breves , fe Ílr–
vió refolver fea de tres mefes la prorrara , que fe def–
tine ;{ efie piadofo fin ' Ílo que refpell:o
a
los Beneficios,
y
Penfioncs, cuyo annual redito llegue
a
feifdentos du–
cados , fe altere por ahora la aplkacion prcveni.:a en
fus conceíiones; y nltimamente, que
el
valor de e!l:os
efell:os fe recaude con total feparacion del de los Ef–
polios
1
y
Vacantes, con la mifma formalidad que en
quanto
a
aquellos queda prevenido , tratando de los Ef–
polios letra
E.
num. 82. hafta el93.
26 _
MEDICOS : Los que no efi!m graduados por
las
Univedidades de el Reyno donde hay Cathedras de
-
·
Me-