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c>Cion .-de
la
escritura pública en la ql!le intervendrá
el sebr
ministro de haeienda quien segun los términos de dicha. es–
critura librará las órdenes correspondientes al pre'fecto del
litoral, para las dilijencias de posesion
de
1818
estaca-minas
que poseé el Estado, i la direccion de conta.l».ilidad para los
jiros sobre Lima.-(firmado)
Frias.-M. Bapti&ta.-JJ.
Oalvo.
-R.
Oarvajal.-A. Aspiazu.-N.
Herrer-a,
.directGr
jeneral. Alilte
mí.-Patricio Bm'rera,
notario
de
haeiel!lda,
gobierno
i
guerra.
Salitreras
d~
Bolivia.
Lima, 3 de julio de 1876.-Visto el precedente
©fiero
del
presidente de la comisi0n de delegados de los Bancos As.a–
ciados, acompañando el proyecto del con.trato de elabora–
cion de salitre de la República de Bolivia que le
ba•
presen–
tado don William M. Bush en repreitmt.acion de
donJ"u~n
G.
Meiggs, como arrendatario de las salitreras del <!Toco»
i propietario de otras que ha comprado a particulares en
id>i–
cha República; se acepta dicho contrato en los términos si–
guientes:
1.º Don Juan
G.
Meiggs se obliga a elaborar por cuenta
de los Bancos, un millon de quintales de salitre darante
cinco años,
i
un millon quinientos mil quintales
~n
losiañ.osposteriores, que entregará en el puerto de Tooopilla o en
otros del litoral de Bolivia que le convenga, en las mensua–
lidades correspondientes.
2.º El espresado Meiggs acepta las condiciones estable–
cidas en los contratos de elaboracion de salitres de Tara–
pacá, en cuanto a la lei
i
calidad del salitre i las d
re•
lativas a la elaboracion.
3.º Los Bancos pagarán al contrati ta espresado por ca–
da quintal de salitre de noventa
i
cineo por ciento .de leí,