Escenciones concedidas a
la
Compañia de salitres
i
ferro–
carril de Antofagasta.
Nos ocuparemos separadamente del exá.men de cada una
de ellas.
Obligaciones por la compra de salitreras.
Los yacimientos de salitre del departamento de Tarapacá
se hayan solo en parte adjudicados, si bien, naturalmente,
en su parte mas rica; pern, la mayor estension se encuentra
bajo el dominio del Estado i por tanto pasa al nuestro sin
dificultad alguna. Entónces, cuando llegue la oportunidad,
podrán ser entregados a la industria particular, verificándo–
se su adjudicacion con arreglo a las disposiciones legales
que riian en el momento que se efectúe.
De la porcion adjudicada han sido compradas i pagadas
por el Perú ochenta i tres oficinas de paradas por un vaJor de
un millon 982,000 soles. Naturalmente éstas pasan a nues–
tro gobierno sin condicion alguna.
La idea del Estado industrial no tiene ningun sostene–
dor entre nosotros, i se halla de tal modo desacreditada
por la esperiencia, que es innecesario combatirla. Por esto,
la venta lisa
i
llana de las oficinas de parada, está clara–
mente indicada.
Del mismo modo lo está la resolucion de los contratos
vijentes sobre promesas de compra· venta .
Hai sesenta i una oficinas de máquinas valor de 17
millones 124,000 pe os cuyo precio fué pagado con obliga·
eiones llamadas ce::-tifi.cados, que casi en su totalidad se
hallan viientes.
Las condiciones que han rejido la emi ion de esto certi–
ficados impedirian el adquirir la propiedad de las salitreras
si hubiera alguna razon que acon ejase el con tituir al Es.
tado en elaborador de salitre.