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6"3'-

·

.

Le hicieron en seguida santiguarse

y

rezar las oraciones mas usuales del

católico.

Al tratarse de este pwtto, el reo anduvo menos afortunado, porque 11olo

se santiguó en el pecho, sin saber las persignaciones de la cara; y a:unque

dijo correctamente y en

latin

el Padre Nuestro, no supo una palabra de la

Salve, y tartamudeó con frecuencia al decir los Mandamientos de Dios y de

la Iglesia

(1).

En trea años a que Moyen andab'a comll neófito de la Inquisi–

cion, de mano en mano entre sus fanriliares, ninguno había tenido la ca–

ridad de enseñarle a rezar ni a santiguar2e, y esto que, como dice el señor

Saavedra, su principal objeto era la enmienda y no el cMtigo, por lo que

hasta el patíbulo lo habia convertido en absolucion.

La segunda sesipn fué destinada a la relacion de la vida de Moyen desde

su nacimiento hMta

la

hora en que hablaba; pero por lo avanzado del tiempo

hubo de intel"rumpir aquella

a

su llegada a Puno, cuando despues de su

prision en Potosi era conducido a Lima

(2).

'En

la tercera sesion, que tuvo lugar el

9

de mayo de

1752,

se le insinuó

por la prim.era vez

la naturaleza de su proceso. Preguntóle el inquiSidor

si sabia cuál era la causa del juicio que se le

seguia,

y Moyen solo contestó

que lo attibuia

a

S'll8

conversaciones con el fraile franciscáno de Potosí,

cuyo cuaderno

impreso,

en que

le

comparaba

a Atahua1pa,

segun en otro

lugar dijimos, ya ha.bia leido sin duda el reo.

·El

primer rayo de luz le

había venido de mas allá. del oceano. Tan grande, tan horrible, tan profundo

era el sijilo que imponía hasta

sua

muros el dulce Santo Oficio!

Srrcediéronse despues siete sesiones. consa;gradas

a

la dilucidacion vaga,_

incongruente,

al

parecer prrramente destinada

a

una simple esploracioñ del

espíri!tl del reo, sobre varios de los puntos teolójicos 2obre que versaban las

htrejia:; de que le habian acus.ado los delatores de Potosi,

y

que a su debido

tiempo babia calificado, segun dijimos, el S_anto Oficio.

.Agotada aquella discmion,

se

hizo saber al reo en

la

décima conferencia

que

po!

las constituciones. inquisitoriales debian 1tacéraele

tres

moniciQnes,

a.

fin

de que no reservara nada de cuanto podía

influir

en su defensa o mas

bíen en 11u culpabilida,q, porque para aquella no necesitaba ser urjido con

a.pre~os.

Moyen se

dí~

por notificado

de

esta primera'advertencia. canónica,

(l)

Todo esto era conforme. a las prácticas y constituciones mas antiguas de.

la

Inqni–

eicion. "Se preguntará; (dice Marchena comentando el

Directorio de In1JUÍ$idora

de

Aimerico, ya citado y de que damos prolija cuenta en el ApéndieeJ

al

acusado

si

ha

habido a.lgun judayzante,

o

penitenciado por el Santo

Trib~

en sú

familia, porque los

que no son de san.,oore lin)pia estan mBS propincuos a delinquir contra la

fé.

Se le man-

·

da.rá

decir el

Padre~Nne$-o,

el Ave-Maria, el Credo, los Artículos, los Mandamientos

de la. Iei

de

Dios, y de la- Iglesia, los Sacramentos, y otras oraciones,

y

si

no

las

snpiere,

o se

equivocare

al decirlas.

es indicio

eíJf.e.

vehementisimo

de

-su falta

de

C1"i$tib.ndad."

(2)

De-las

:revela.cione11 personales de Moyen en esta

parte

del proceso, estractam011

kJs

• dat01nrobre

IIU

exi~tencia.

que

pnbli~os

en 1M pri.xnerM pájinas de este opú.ieulo, ·