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las temporales, de espada ma-
ó
generales
ó
proYincia1es,
y
del
terial,
y
de autoridad tempo-
agrado de los
l'rincipes St->cu–
ral, podra hacerlo:
y
en efecto
lares,
y
de las sentencias de
¿
para que el Derecho Canoni-
los Santos Padres,
a
las que
co, las Constituciones pontifi-
si no se allega la autoridad
y
cias, las Bulas,
y
los Decretos?
aprobacion del Romano Pon–
,¿Para que todo lo que forman
tífice, no tienen fuerza de regla·
los cinco libros de . las Decre-
y
el€
ley en toda la Iglesia:
tales,
y
luego el sexto tambien
POR LA QUE LOS FIELES:
de Decretales constituciones de
porque los que estan fuera de
la Clementina,
y
Extravagantes,, la Iglesia regularmente no es–
que constituyen el cuerpo del
tan sujetos
a
esta regla
y
dore–
d erecho Canónico? ¿Para qne
cho;
SON DIRIGIDOS AL
tanto conducente
á
la discipli-
BIEN .ESPIRIT·UAL:
este
l}a externa de la Iglesia, cuan- . es el fin de la regla
Eclesiástic~
<lo con persuaciones
y
conse-
ó
del derecho Canónico, porque
jos, con actos internos
y
es-
principalmente mira la Justicia
pirítuales · podía componerse? .
y
la Religion
~n
órdeu
á
Dios
y·
Mejor que yo, sabe el autor
felicidad sobrenatural. · Su ori..
cuan necesaria es esa
REGL.4
gen viene ·de
J.
C. comunicado
l)E vrVIR BIEN CONSTI-
a
S. Pedro,
y
á su Silla Apostó- .
TUI
DA<O
APROE .4DA POR
lica.
y
por esto
a
sus succeso–
~OS
SUilfOS PONTIFICES,
res. La materia
.remota .son ·.
POR LA QUE LOSFIELES
las personas
y
las cosas sagra- ·
SON DIRIGIDOS AL BIEN
das
y
espirituales;
y
Ja
pro·xi~a
ESPIRITUAL .... REGLA.:
son:
LAS
ACCIONES DEL
Esto es abrazo de los Canones,.
HOMBRE CRJST/ANO.
Sa-.
de los Preceptos,
y
de los esta·
be mil veces el autor mejor que
. tutos que constituyen el dere-
J"9,
que el Derecho Canónico así
cho:
DE VIVIR BIEN_,
porque
como el ci,·il se divide en escrito,
manifiesta
1~
norma del buen
y
no escrito
ó
consuetudinario,ó
vtv11·
y
corrije
lo malo
y
lo
en aquello que consta en las le–
tor4f.n_oso;
POR LOS SUMOS
Jes,
ó
en las costumbres: que
PONTIFICES;
porque estos
el escrito, está sacado de cin–
solos como Supremos legislado-
co principalisimas fuentes, quP. ,
res pueden dictar el (lerecho en
son la Sagrada Escritura, los
toda la Iglesia
y
por ella sancio-
decretos de los Concilios con–
nar leyes universales:
CONS-
firmados con la autoridad del
TITUIJJA:
esto es fl evada
y
Papa, las Constituciones de
lq~
promulgada legítimamente por
8mnos Pontífices; las Senten- ,
cartas decretales:
O A
PROBA-
cias de los Padres
y
lus Con•
DA:
porqu~
hay en el derecho
v.enimientos ·de los Príncipes
Canónico ciertas cosas tomadas
seculares:
y
que el no . eicrito
de
los decretos de
~o~ Concilio~,
es la tradicion
ó
divina,
ó ApO$.·