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CAP. XII-NUEVOS PROCESOS

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que pudiese confesarse y comulgar, si lo quisiese

hacer,

y

en el primero mes de la reclusión, ayu–

nase cuutt·o viernes,

y,

acabada., dijese seis misas,

las tres á la Sanctísima 'l'rinidad,

y

las otras tres

por las ánimas del purga.torio, y que fuese adver–

tido de la gravedud de su delicto. n7

Alonso Estebun, soldado, natural de Almendra.!,

esta.nte en Va.lclivia, se denunció ante el Comisario

de aquella. ciudud ele que tmtando de la salvación

del hombre, dijo que si uno fuese cl'isLiuno bauti–

zado

y

no desesperase de la misericordia de Dios,

no se perdería.

Formado el proceso con la s declaraciones de

nueve testigos, se remitió

á

la Inquisición, don–

de la proposición del Yaldiviano fué calificada de

herejía manifiesta, y, en consecuencia, mandado

prender con secuestro de bienes,s habiendo llega–

do á Lima en Agosto de 1580. Después de termi–

nada la causa, se dió por conclusa en definitiva,

y

votada en conformidad

á

que Esteban abjurase

de

levi,

en la sala de la audiencia del Tribunal, con

un mes de reclusión en una iglesia ó monasterio

de Valdivia.

Fray Luis Quintero, domínico, testificado de ha–

ber dicho en un sermón que los Apóstoles no en–

tendieron las Sagradas Escrituras

y

tuvieron nece–

sidad de intérpretes,

y

que Santo Tomás de Aquino

7 "Y en esta conformidad se pronuució su sentencia,

y

está firma–

da de los Inquisidores Cerczuela

y

Ulloa,

y

no del Ordinario. Pares·

ce que fué mucho rigor prender

á

este reo.»

Relaciones de Rui:r de

P>'ado.

8 «Que fué mucho rigor, observa Ruiz de Prado, habiéndose él de–

nunciado

y

no conotanclo los testigos. »