CAP. XII-NUEVOS PROCESOS
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que pudiese confesarse y comulgar, si lo quisiese
hacer,
y
en el primero mes de la reclusión, ayu–
nase cuutt·o viernes,
y,
acabada., dijese seis misas,
las tres á la Sanctísima 'l'rinidad,
y
las otras tres
por las ánimas del purga.torio, y que fuese adver–
tido de la gravedud de su delicto. n7
Alonso Estebun, soldado, natural de Almendra.!,
esta.nte en Va.lclivia, se denunció ante el Comisario
de aquella. ciudud ele que tmtando de la salvación
del hombre, dijo que si uno fuese cl'isLiuno bauti–
zado
y
no desesperase de la misericordia de Dios,
no se perdería.
Formado el proceso con la s declaraciones de
nueve testigos, se remitió
á
la Inquisición, don–
de la proposición del Yaldiviano fué calificada de
herejía manifiesta, y, en consecuencia, mandado
prender con secuestro de bienes,s habiendo llega–
do á Lima en Agosto de 1580. Después de termi–
nada la causa, se dió por conclusa en definitiva,
y
votada en conformidad
á
que Esteban abjurase
de
levi,
en la sala de la audiencia del Tribunal, con
un mes de reclusión en una iglesia ó monasterio
de Valdivia.
Fray Luis Quintero, domínico, testificado de ha–
ber dicho en un sermón que los Apóstoles no en–
tendieron las Sagradas Escrituras
y
tuvieron nece–
sidad de intérpretes,
y
que Santo Tomás de Aquino
7 "Y en esta conformidad se pronuució su sentencia,
y
está firma–
da de los Inquisidores Cerczuela
y
Ulloa,
y
no del Ordinario. Pares·
ce que fué mucho rigor prender
á
este reo.»
Relaciones de Rui:r de
P>'ado.
8 «Que fué mucho rigor, observa Ruiz de Prado, habiéndose él de–
nunciado
y
no conotanclo los testigos. »