CAP. XII-NUEVOS PROCESOS
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celes secretas, habiendo llegado
á
fines de 1579,
y
en la primera audiencia, después de la monición,
confesó haber dicho que estando para ajusticiar
á un hombre, que podrfa otro jurar que no había
hecho aquello, por salvarle la vida, y que le pares–
da que aquello era caridad, y lo había dicho sin
mirar en ello . En la segunda audiencia confe-só
que había pedido
á
una india que le declarase si
un hijo suyo que decían se había perdido en la
guerra, si era vivo ó muerto,
y
que lo hizo esto
como pecadora
y
como madre.
Á
la acusación dijo
que algunas veces miraba las rayas de las manos,
pues había oído que el que tiene una raya larga
tiene una vida muy larga, y que ella no sabía cosa
ninguna; y que había rogado á cierto fraile que
casase las indias con sus iguales
y
no con los ne.–
gros, porque los mataban luego , y que lo pidió
porque le habían muerto así diez ó doce negros y
no por impedir el matrimonio; y en cuanto al ser
casada dos veces refirió que siendo niña en Espa–
ña, de edad de cinco ó seis años, le dijo su madre
estando en Sevilla, que la querÍa casar con un man–
cebo, pero que ella no
~e
acordaba si la habían
hombres qne entienden dello, dijo esta reo á uno: «dad acá la mano,
y mirándole la palma della le dijo: «vos habéis d.e saber que. en este
valle os ha de acontecer una cosa muy mala y peligrosa.,
«!ten diciendo á esta reo que por qué consentía hacer á unas in–
dias un baile en que parescía que los que bailaban manitraban con el
diablo, dijo la reo que si se lo estorbaran á las que bailaban, que
cayeran muertas y en efecto murieran.» Esto fué calificado de que
IJarecía ser pacto con el demonio
y
la reo «cómplice dé!.»
«Iten elijo que había hallado en su casa una culebra chiquita que.
la había criado
y
estaba ya muy gr·ande,
é
diciéndola que por qué
no la mataba, elijo la reo: «no la tengo ele matar porque la casa
donde entrase una culebra, si la matan, toda la casa pára en mal.»
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