CAP. XII-NUEVOS PROCESOS
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la cárcel hasta que el proceso se hallase en estado
de prueba;
y
habiéndose manifestado confiten te, se
le trasladó
á
una celd a de su monasterio . F'ué sen–
tenciado en definitiva
á
destierro perpétuo ele San–
tiago,
y
Yeinte leguas en derredor ele Lima, por
cuatro años,
á
seis meses ele reclu sión en el con–
vento que le señalase su prelado,
«y
que en ellos
no di ga misa
y
comnlgue con licencia de su Per–
lado con los menores,
y
sea último en el coro,
y
haga penitencia de culpa graYe por el tiempo de
los dich os seis meses,
y
que por tiempo
y
espacio
de diez años sea pri;-ado de yoz acti;-a
y
pasivn,
y
perp etuamente ele administrar el sacramento ele
la penitencia>
y
que su sentencia le sea leída en
la sala del audiencia del Sancto Oficio, en presen–
cia ele los perlados de los conYentos
y
monasterios
el
esta ciudad
y
sus compañeros confesores
y
curas
parrocbial es
y
que abjure
ele levi;
y
después se le
tome
á
leer la dicha su sentencia en presencia del
convento de su monasterio
y
que allí le sea dada
disciplina en presencia del secretario del Sancto
Oficio. n·1
Pedro de Morales, bombre de cincuenta
y
tres
años, testificado en Santiag·o, en Agosto de
1575,
ele haber dicho, trulanclo con ciertas personas so–
bre los confesos, en respuesta
á
una que sostenía
que el rey don Juan de Portugal había becho mal
en acojcrlos cuando Fernando
ó
Isabel los echaron
-l
Posteriol'mentc, en 1586, srgund<t Ycz fué denunciado este reo
de haber ¡lid to, hací:t diczinucve aiios, que «en el infierno no ha–
bía tol'mento ele fuego
y
que la mayor pena que allí tenían los daita–
dos era carece!' de la ,·isla de Dios.»
R elaciones de Ruí::: de p,·ado,
núm .
483.