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12 )

citacion por la cual se llama al Teo a

JUIClO

es de derecho na–

tural como que mira á su defensa,

y

el C.

l.

caus. posses. et

p1·o–

piet.

c. 2. c. 4 3 q. 3., añaJen que no pueden dispensarla los

Reyes ni el Sumo Pontífice. La ley 4. tit.

l.

lib. 8 de la Recop.

prescribe que se den al acusado los nombres de los testigos

y

los

dichos de las pesquisas para que puedan clefender en todo su

derecho, y hayan todas las defensiones que deben. El señor

Provisor infrinjiendo todas estas leyes ha condenado á mi par–

te sin audiencia.

Novena-"Si el demandador ó el demandado, dice la ley

5

'tit. 22. part. 3. non fuessen emplazados, maguer el juez sepa

'•toda la verdad del pleito non debe juzgar de él, mas debelos

"emplazar cuando el quiere dar su juicio." Los autos manifiestan

que la sentencia se pronunció sin citacion contra el espresísim0

tenor de la ley.

Décima--Exponer la vida ó la salud de nuestros semejan–

tes en términos de que puedan correr detrimento por solo un

acto de arbitrariedad, es una falta que no puede disculparse en

ningun funcionario por autorizado y poderoso que sea. Este

es un principio que no necesita de otra sancion que la que ha

n~cibido

de la naturalezal para que todos lo respetemos. De

el han tomado su oriJen las leyes peruanas y españolas que gra–

du:ln de atentado todo procedimiento contra la lenidad, aseo y

buen trato de los mismos criminales en las carceles;

á

él se debe

el que las sentencias en que se imp(,ne pena corporal

á

una

mujer embarazada no se ejecuten mientras no haya parido y

convalecido de su parto.

Pero el señor Larrea, que como he–

mos visto ha atropellado por

todo, quiso coronar sus proce–

dimientos con una providenc.;ia tan escandalosa como la que ex–

pidió

á

fojas, autol'izando al notario para que entrara hasta la

celda de la Abadesa, y

á

pesar de su enfermedad le notificará

el tremendo fallo de su excomunion y deposicion.

.!lrgumentos aducidos de contrario.

1?

"Cuando la censura es impuesta por el derecho, n0

"es necesaria la monicion p<>rque la misma ley amonestó ya

"suficientemente y hasta contumáz es quieno no obedece la

"ley que manda ó pr0hibe bajo censura

latce sententice."

Contestacion.

El derecho eclesiático fundado ,;obre las bases que esta..