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~1

1

tiempo y el estudio'? Pero el cami no -por donde

los llevarán jesuitas, no seria ciertarr1ente pa1·a

m~1

...

diu;

y n1ejor

y

mas seguro habria sido, que no hu–

biese necesidad de mudar. Tan1poco todos muda–

rán, para mantener un estorbo

perrnanen.te

á la

difu~

sion de las luces,

y

al progreso de las ideas y ele las

reforn1as.

137.

Concluido

~l

punto que nos. propusin1os, pror

sigamos adelante. Alegaban en Francia

á

favor de los

jesuitas la

libertad

de

cultos

procla1nada e·n la constitu,..

cion; pero es .facil observar que tal libertad está 'di–

ó .endo en su propio nombre, que su objeto es

m.uy

uiferente de las órdenes

ó

institutos regulares.

Es

ella el culto del hombre

á

Dios, segun la conciencia

de los que no pertenecen al culto don1inante del

Es-:–

tado,

y

cuya libertad reclaman

á

imitacion de los pri–

llHH'üS

cristianos. Si la libertad de profesar en púb1i:–

co cada cual su culto propio, hubiera de incluir la li–

bertad de profesar una órden regular de la roisn1a

n1anera, el derecho que los jesuitas tuvieran

á

poner

en

eje1·cicio sen1ejante libertad, induciría en los go–

biernos la obligacion de prestarse á ello sin la menor re–

sistencia; lo cual

á

prin1era vista

e~

falso

y

aun absurdo.

138. Si se alegase á favor de los padres uno de los

artículos de las constituciones liberales en proteccion

de las -asociaciones,- pern1itidas con la -única :condi:–

cion de no comprorneter el órden público; responde–

rernos, qne el derecho de asociacion está garantido á

los eiudadanos dentro de los fines de la sociedad ci–

vil,

y

nunca para contrariados ni aun desmentirlos:

que los ciudadanos pueden hacer en asociaciones

y

fuera de ellas lo que la ley no prohibe;

y

ya hemos

visto que la ley prohibía la restauracion de

la

oon1pa-

, fiia por los motivos anterionnente indicados;

y

que

si el eiudadano puede poner en ejercicio su libertad

.individual por cuantos 1nedios no conduzcan al n1al–

e::;tar

de la

N

acion

ya

la J.nengua ·de su dignidad, el

jesuita no presta ténnino de c01nparacion, no tiene

libertad individual, aacrificado

al

bienestar

y

progre–

sos de la co1npañia; no quiere, no delibera, no pien–

sa, no es hornbre, sino báculo, cadáver en manos del

superio1'.

139.

IIasta aqní hcn1os discurrido .haciendo variar:;

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