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303-

1ná

y

su sancion . .,Acto que aunque e1i cun1plida con–

formidad con su

r·eal

corazon, era debido· al influjo es–

tranj ero con el poder de sus bayonetas, en medio de

las cuales revocó su promesa de olvido y garantias

que ofreciera el dia anterior, aliado de la anulacion

de lo h echo desde 1820: h echos ele tal clase no mere--r

cen ser a:legaclos cmno 1nuestras de derecho en ningu-

na nacían civilizada.

'

Sin salir todavia de España, la reina Cristina; viu..

. da de Fernando VII,

y

gobernadora de España,

á

no.mbre de su hija Doña I sabel II dió en 4 de Julia

de 1853, un decreto en que decía, que "conviniendo

á

la prosperidad

y

bien· del E stado, que se restablez–

ca en su fuerza y vigor la pragmática sancion ele Car–

los III en que suprimía la órden de la compañia de

Jesus ert toda la monarquía, oido el consejo de

go–

bie:r·no y el de ministros, he venido en ordenar, que

se- suprima perpetuamente en todo el territorio de· la

. monarquía la compañia de J es\1s, que se mandó res–

tablecer por real clecreto de 29 de Mayo ele 1815, que–

dando este por

com~iguiente

revocado y anulador co- .

mo lo había sido ya por las cortes en 1820._._Los in–

dividuos no podrán reuniTse en cuerpo ni comunidad,

bajo ni.ngun pretesto, sino vivir corno c]erigos secu–

lares, sin tener relacion ni dependencia alguna de los

superio~·es

de la compañia que existan fuera de

Es–

paña-Los bienes, rentas y efectos de cualquier clase

de los r egulares de la compañia se aplicará

la es–

tincl:on de la deuda ó pago ele sus réditos. Se esc-ep–

~uan

las pinturas, bibliotecas que puedan ser útiles

á .

los.institutos de ciencias

y

artes, así con1o tambien

los colejios, iglesias, ornamentos

y

vasos sagrados, de

los que 1ne reservo disponer, oído los ordinarios ecle–

siásticos, en lo que sea necesario

y

conveniente-."

(326) Vean pues nuestros lectores, cuan equivocada

era esa opinion

á

favor del restablecimiento de losje.–

suitas en España; cuan sin fundameHto la.s palabra¡s

envidia, intriga calumnia;

y

cuan fall,ida la pretendi–

da espe-ranza de los bienes que se- aguardaban en

lo