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300

dina.rio

y

el estraoi·dinario, crea<lo

ad hoc,

para que el

asunto se exan1inára con todo estudio

y

meditacion.

Tan circunspecto modo de proceder exijia de justicia

otra, cuando menos, igual circunspeccion;

y

que des–

pues de demostrada, si fuera posible, la injusticia del

estrañamiento y de la estincion de la co·mpañia, se

éntablára una nueva cnestion acerca de si seria útil

ó

nó en las circunstancias de esa época en España., una

nueva introduccion de la compañia en el estado: de

suerte que, sin procurarlo ni advertirlo, se venia a.l

caso de las formalidades

presc1~tas

por la ley de Car–

los II. Pero riada de eso practicaron los que rodea–

ban á Fernando VII, sino que poco segura, desespe–

rada quizá la reaccion, de obtener

elrest~tbleoimiento

por medios racionales, como los empleára Carlos III,

invadió como torrente el ánimo del Rey recien salido

de su cautiverio: no tenia otro modo de proceder pa–

ra lograr su objeto.

426. No dejemos de considerar una frase del real

, decreto de Fernando, que así decía: "como mi augus–

«

to abuelo reservó en sí los justos y graves n1otivos,

e<

que dijo haber obligado á sn pesar su real ánin1o

á

(( la providencia que ton1ó de estrañar de todos sus

«

dominios

á

los jesuitas))

&'<!-

Ya hemos dicho ante–

riormente, sobre el respectivo docun1ento, que cuan–

do Carlos III dijo, que reservaba en su real ánimo las .

razones y 1notivos que lo obligaron al estrañanüento

de los jesuitas, no fué porque no hubiera constancia

de tales razon es, consignadas en el espedielJ:te ele la

materia, sino porque no queria hacerlas públicas por

compa.sion

y

1nira.mientos

{t

una

socied~d,

contra

la

cual no procedin, por ódio ni prevenciones sino por

convencimiento. Y como

el

especliento estab::t

reser~

\ado; y con1o los que trabajaron e

n él,

no eran due–

ños de nn secl'eto qne pertenecia al

H.ey

, y que habian

jurado guardar,

~pudo

decir Carlo

s-·mi

s

?'azones solo

deben ser conocidas por Dios y por mí.

El] o es, que sin

~mbargo

de haberse examinado detenidamente el

asun~

to

de la espulsion ele los jesuitas, y tenido Carlos III,

tazones justas

y

111ot.i-ros graYcs pnra c1ecretar1a, qni--