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loi-
es un verdadero contrato de venta: formal
ó
virtual, -
si falta la voluntad de obligarse, no hay simonía. Con–
fieso desde luego, que tal fraude es digno de castigo;
pero no por es'-o solo ha de decirse inmediatamente
que hay simonía. Por esta doctrina están casi todos
los doctores;
y
aunque en ello no hay dificultad, en el
fuero esterno. se presum.irá siempre que hubo volun·
tad de obligarse."
Digamos con nuestros lectores,
á
vista de las doc
4
trinas anteriores, que la calificacion de un acto cual–
quiera, con este
ó
aquel non1bre, no le quita su
malicia intrínseca, determinada por regla.s 1nas segu...
ras, que las de una simple y material nomenclatura.
' .
§.
59
354. En cuanto
á
la materia de hurtos y
restitucio~
nes, vean nuestros lectores lo que dejaron escrito
nuestros padres ignacianos. El célebre P. Escobar ha
dicho así-"siguiendo á Lesio
y
otros autores- ¿el hi·
jo de familia que sirve
á
su padre, podrá tomar ocul·
tamente la cantidad que dari3¡
á
un estraño por el
mismo servicio? No puede
y
pue·de. No puede, por
que el hijo está obligado por derecho natural
á
servir
al padre. Puede, porque los bienes debidos á ese ser–
vicio son frutos de la industria,
y
no enteramente pro–
fecticios, sino en ,parte adventicios, sobre los cuales
tiene el hijo el dominio directo, aunque no tenga el
usufructo en vida del padre. Reputo esta opinion co–
mo la única verdadera. Porque cuando el hijo empe–
zó á servir
á
su padre, se entiende que hubo pacto,
aunque por vergüenza no lo declarase; lo que no im–
porta, pues su modestia no debe dañarle." Pone des–
pues ciertas condiciones parajustificar la oculta eom–
pensacion,
y
entre ellas, que no tenga intencion-non
intendat
de servir gratis, sino que proteste, al menos
t
:
·
tácitamente,
que sirve con ·pacto, como sucedería res·
pecto de un estraño. [204] ¡Escelente modo de ligar
á.
los hijos con los padres, y de alimentar su amor
y
ternura!