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de que no se refiera á un tercero en particular. El P.

Vasquez pensaba como Sanchez y Molina, añadiendo

que "no solo puede aconsejarse al ladron, sino acom–

pañarlQ

y

ayudarlo, pues de ese modo evita mayor

daño, mira por los intereses del prógimo, y hace lo

que haría el propio dueño."

[207]

El P. Castro-Palao hacia esta pregunta: ¿se puede

.aconsejar alladron que quiere robar á un pobre, que

robe mas bien á un rico, sin determinar persona?" Ci–

ta luego 'á Sanchez y Molina, segun lo§ cuales, no hay

culpa, pues parece que no hay daño. El

r~sponde

así

-"en este caso se puede proceder de dos modos, acon–

sejando ó proponiendo. No hay culpa en proponer la

conveniencia de considerar mas al pobre que al rico;

pero hay culpa en el caso de inducir al ladron." El

mismo padre se espresa en otra parte así-"cuando la

probabilidad del derecho está fundada en la probabi–

lidad del hecho, entonces de la probabilidad del hecho

se infiere la probabilidad del derecho. Por ejemplo:

tengo por probable, que la capa que poseo, es mia,

aunque con mas probabilidad juzgo que es tuya: no

por eso estoy obligado á darte la capa, sino que pue–

do poseerla con seguridad".

(208)

Qopiamos del P. Tamburini las siguientes frases

-"si el confesor prevee, que el penitente no ha de

restituir, si le descubre la nulidad del título que cree

favorable, no debe descubrirsela el confesor, no sien–

do preguntado, aunque redunde perjuicio de terce:t:o:

se entiende de un particular, porque si resultase daño

público, entonces debe descubrirla, pues el bien pú–

blico debe prevalecer al bien privado del penitente.

Y si prevces que tu advertencia y exhortacion no han

de contribuir á la restitucion, ni impedir el daño pú–

blico, será inútil tu amonestacion y aun dañosa al pe–

nitente, sin s'er útil al bien p'llblico." El autor se re–

feria al P. Sanchez.

(20,9)

·cosa semejante leemos en Filliucio, que despues de

haber sostenido, que el confes0r está obligado á des–

cubrir la verdad al penitente, cuando pregunta

ó

du–

da, dice en la proposieion

3~-"si

el

con~esor

ne

es-