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pera fruto, porque el penitente no seguiría la amo·
nestacion,
ó
porque no lo podría sin grave incomodi–
dad, puede y debe ca:llar: l?orque siendo. íntegra la
confesion, no está obligado a mas, y ta1nb1en se halla
ligado por la caridftd, no habiendo esperanza de fru..
to." Cita á varios doctores, entre ellos á Suarez.
(210)
El
P.
Juan Reuter dice así-"siendo tan onerosa la
obligacion de restituir,
y
estando el penitente en po.. '.
sesion de sus bienes y de su fama, si hay opinion re..
putada comun1nente por probable que lo favorezca,
~lo
debe ser obligado ordinariamente á la restitucion:
porque
e~ ca~o
de.duda debe
~avorecerse
al
posee~or,
y
la obhgacwn ·dudosa no 1mpone un pago c1er•
to."
[211]
En
el P. Longuet leemos lo siguiente--"Si los pa
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dres se niegan
á
los ruegos é instancias de sus hiJos
.que les piden... algo para divertirse, pueden los hijos,
robarles cuanto pernlita la. costumbre y su condicion'j
-"No peca contra justicia, ni. está obligado
á
resti–
tuir, el que recibe dinero para herir, para matar,
y
demas acciones que sean contra justicia."
[212]
. 355. El P. Paulo Layn1an dice lo siguiente-"aun–
que los jueces cometan pecado grave, no raras veces,
por tecibir obsequios de las partes, ya sea á causa del
escándalo ó del peligro de pervertir la justicia,
e~los
adquieren la propiedad de lo que han recibido, estan.;
do al derecho natural,
y
esto en el caso de que no
atiendan al favor, sino al mérito de la causa, aun con–
tra el obsequiante."
[213]
El P. Honorato Fabro se
espresa de esta manera----"nadie niega, que el jue·z es..
tá
obligado á resarcir el daño causado por una senten–
~ia
iniusta; pero se pregunta, si estará obligado
á
res-
tituir el precio recibido por una sentencia injusta ..... .
El juez nada puede recibir por una sentencia, sea jus–
ta ó injusta; pero está obligado
á
restituir lo que re–
cibió por una sentencia justa: porque como aquel que
ha hecho el obsequio, tenia derecho á la sentenciajus-
. ta, se supone haberlo hecho por fuerza ó coactado.
Lo contrario, si la sentencia fué injusta,
á
la cual no
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tenia._ningun derecho; en cuyo caso no está obligado