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la esp!ritual que ha recibido: porque no la dá como
una deuda determinada para satisfacer la deuda de
gratitud: Suarez piensa así-"¿se incurrirá en las pe·
nas de derecho por la simonia convencional, cuando
no se ha consumado? Lo afirman varios, que juzgan
completa la simonia en tal caso, como está completo
el contrato de venta, entregada la cosa, aunque el
precio no haya sido pagado. Por el contrario, Suarez
y
otros, lo niegan con mas probabilidad, porque en
asuntos odiosos, por s4nonia debe enten<Wrse la que
se halla completa yperfecta,ynomerece este nombre,
.cuando no está consuma-da por una
y
otra parte. Aña–
den que no ef$tá completa ó consumada, aunque haya
dado un vale de obligacion, porque tal vale no es par=
te del preci•.''-"No hay simonía en dar ó recibir di–
nero, para facilitarse la entrada .cerca del colador; y
así lo
sosti~nén
Suarez, Castro-Palao y Mendo. Por
donde no habrá simonía, dice Lesio, en dar dinero al
ecónomo del Obispo, para ser admitido en su familia,
con la intencion de ganar el afecto .del Obispo, y ob·
tener de él un beneficio. En tal caso ·no das dinero
por el beneficio, sino por la oportunidad de recomen–
darte con el Obispo, y recibir de él gratuitamente un
beneficio: por el dinero te abres el camino, pero remota
é
indirectamente, lo cual no es ilícito."-"Suarez, San–
chez, Lesio y otros muchos con Diana, enseñan con
m~~
probabilidad, que los
~:rficios
regulares, como el
provinc_ialato, priorato y rectorado están comprendi–
dos bajo el nombre de beneficios, y por consiguiente
pueden se_r materia de simonia; pero contradicen otros
c,omo probable, porque tales cargos no se llaman pro–
piamente beneficios eclesiásticos, y porque en mate- :
ria penal se debe restringir la significacion de los tér–
minos de la ley, en vez
d~
ampharla. De esto infiere
Sanchez, que no hay simonía en este pacto-elíjeme
provincial y yo te elejiré prior; porque el .pacto
y
la
permuta de cosas espirituales solamente se prohiben
en
m~teria
beneficia!." [202]
El P. Honorato Fabro decía así en su apología de
la doctrina moral de la compañia-"como la simonía