Previous Page  137 / 408 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 137 / 408 Next Page
Page Background

-130-

cía, remunerando con una cosa sagrada y dedícada

á.

Dios un acto torpe y profano." (200)

El P. Escobar preguntaba, si ¿seria suficjente para

que hubiese simonía, dar una cosa espiritual con el

principal intento de recibir obsequios temporales,

ó

al contrario, dar obsequios temporales con el fin

principal de conseguir una cosa espiritual? y respon–

de así-"es suficiente, y no es suficiente. Es sufi–

ciente, porque segun Santo Tomas, es ilícito ir á

la Iglesia principalmente por percibir las distribucio–

nes cuotidianas. No es suficiente, porque no habien-·

do pacto, no hay compra y venta, ni por consiguien–

te, simonía. Y ni aun pecado mortal habría, como el

que rezaba

ó

daba limosna por vanagloria. Me ah–

hiero

á

esta opinion, que es la de Suarez, Valencia

y

otros." (201)

En la teología moral del P. IIerman Busembaum,

·

muy aumentada por el P. Claudio La-Croix, y pos–

teriormente muy enriquecida por el P. Francisco

Antonio Zacarias, leemos lo siguiente-"¿habrá si–

monía mental, si se intenta principalmente lo espiri–

tual por lo temporal

ó

al contrario? Enseñan Sanchez,

Maldonado, Suarez, y otros, que si lo temporal no se

equipára

á

lo espiritual, no hay simonía, aunque lo es–

piritual se intente,

ó

se haga principalmente por lo

temporal: confiesan no obstante, que puede haber al–

guna irregularidad, por lo menos venial."-"Aun.que

-aquel á quien se confiere una gracia, está obligado

por derecho natural

á

ser agradecido, y puede obli–

garse, como indica Cárdenas, á prestar un don en re–

conocimiento,

ó

á pagar el débito de gratitud, no es–

tá obligado á determinar esto

ó

aquello, -sino que bas–

ta

estar dispuesto segün lo quisiere.

.Así pues el que

dice-si

me confieres

un

beneficio, seré agradecido,

para

evitar la simonía, no debe tener intencion de obligar–

se

á

una cosa determinada, sino la voluntad 'de pagar

una deuda de pura gratitud".-"El que ha recibido

una cosa temporal, no peca, si por la natural obliga–

cion de gratitud, dá una cosa espiritual,

ó

por el con–

trario, si dá una cosa temporal en reconocimiento de