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distinguidos por su.dignidad, virtud,

y

doctrina que hacían

la misma solicitud.

24. Para tomar pues la mas acertada resolucion en

materia de tanta gravedad

é

importancia juzgamos, que

necesitábamos de mucho tiempo no solo para imponernos

diligentemente, y poder reflexionar

y

deliberar con madu–

ro exámen sobre este asunto; sino tambien para pedir con

mucho llanto

y

contínua oracion al Padre de las luces,

auxilio y favor, en lo cual tambien hemos cuidado de

que nos ayudasen para con Dios todos los Fieles con sus

frecuentes oracionEs

y

buenas obras. Entre las demas co–

sas quisimos

indaga~,

qué fundamento tiene la opinion di–

vulgada entre muchísimos, de que laórden de los clérigos

de la Compañia de J esus, en ciArto modo fué solemne·

mente aprobada, y confirmada por el Concilio de 'Irento,

y hemos hallado que no se trató de ella .en el citado Con–

cilio, sino para esceptuarla del decreto general por el

cual se dispuso en cuanto

á

las demas órdenes regulares,

que concluido el tiempo del noviciado los novicios, que

fuesen hallados idóneos se admitieran á la profesion,

ó

se

echasen del :Monasterio. Por lo cual el mismo Santo

Concilio (Ses 25 cap. 16 de Begul.) declaró que no que–

ria innovar cosa alguna, ni prohibir que la sobredicha

órden de Clérigos de la Compañia de Jesus pudiese

s~r­

vir á Dios y

á

la Iglesia, segun su piadoso instituto, apro–

bado por la Santa Sede Apostólica.

25.

De~pues

de habernos valido de tantos y tan ne–

cesarios medios, asistidos é inspirados, como confiamos,

del divino espíritu, y compelidos de la obligacion de

nuestro oficio, por el cual nos vemos estrechísimamente

precisados

á

conciliar, fomentar y afirmar hasta donde

alcancen nuestras fuerzas, el sosiego y tranquilidad de la

Repúbliea Cristiana, y remover enteramente todo aquello

que la pueda causar detrimento, por pequeño que sea; y

habiendo ademas de esto considerado que la sobredicha

Compañia de J esus no podía ya producir los abundantí–

simos y grandísimos frutos

y

utilidaJes para que fué ins·

tituida, aprobada

y

enriquecida con muchísimos privile..

gios por tantos Predecesores nuestros, antes bien que

apénas

ó

de ninguna manera podía ser, que subsistiendo

ella se restableciese

la

verdadera y durable paz de la

Iglesia: movidos pues de

esta~

gravísimas causas,

é

impe•

lidos de otras razones que nos dictan

las

leyrs

de

~~