Previous Page  53 / 106 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 53 / 106 Next Page
Page Background

-49-

6rden sacro, pueda ser promovido

á.

ninguna de las órde·

nes mayores, cou el pretexto ó

á

título de la profesion ya

hecha en la Compañia, ó de los privilegios concedidos

á

ella, contra los decretos del Concilio Tridentino.

26. Pero por cuanto nuestroo conatos se dirigen

á

que así como queremos atender

á

la utilidad de la Iglesia,

y

á

la tranquilidad de los Pueblos, así tambien procure–

mos dar algnn consuelo y auxilio á los individuos de di–

cha órden, cuyas personas en particular, amamos pater–

nalmente en el Señor, para que libres de todas las contien–

das, discordias

y

aflicciones, que han padecido hasta

ahora, puedan trabajar con mas fruto en la Viña del Se–

ñor, y ser mas

útile::~

para la salvacion de las almas: Por

tauto determinamos y ordenarnos que lo,; individuos de

la Compañia que han hecho la profesion solo con los vo–

tos simples, y que todavía no están ordenados

in sacris,

dentro del término que les prebiniesen los Ordinarios

Locales, competentes para conseguir algun oficio ú des–

tino,

ó

encontrar benévolo receptor, pero que no exceda

de un año, el cual término se haya de contar desde la da..

ta de estas nuestras Letras, salgan de las Casas y Co..

legios de dicha Compañia enteramente absueltos del vín·

culo de los votos simples, para tomar el modo de vida,

que cada uno juzgare mas apto en el Señor, segun su vo–

cacion, fuerzas y conciencia; siendo así que aun por los

privilegios de la Compañia podían ser echados dichos indi–

viduos de ella, sin mas causa que la que los Superiores juz·

gasen mas conforme á prudencia y

á

las circunstancias,

sin precerler ninguna citacion, sin formar procrso, y sin

guardar ningun órden judir-ial.

27. Y

á todos los individuos de la Compañia, que se

hallen promovidos

á

los Sagrades ordenes, concedemos

licencia v facultad para que salgan de dichas Casas,

ó

Colegios"de la Compañia, ya sea para pasar á algunas de

las Ordflnes Regulares aprobadas por la Silla Apost6-

lica, donde deberan cumplir el tiempo del noviciado, pres–

cripto por el Concilio Tridentino, si han hecho la pro–

fesion con los votos simples en la Compañía, y si

Ja

hubiesen hecho con los votos solemnes, estaran en el no ..

viciado solo el tiempo de seis meses íntegros) en lo cual

usando de benignidad dispensamos con ellos;

6

ya para

permanecer

en

el

siglo,

como Presbíteros,

6

Clérigos Se•

7