Breve,
á
29 de Octubre de 1650, suprimió enteramente
la orden de S . Basilio
de Armenis ,
por las cliscordias
y
disensiones que tambien se suscitaron,
y
sometió en un to•
clo los regr•lares de dicha orden suprimida, reducidos al
hábito de Clérigos Seculares, á la jurisdiccion,
y
obedien•
cia de los Ordinarios locales, asignándoles la cóngrua
sustentacion de las rentas de los Conventos suprimidos,
y
concediéndoles tambien facultad para pasar
á
cual·
quiera orden aprobada.
12
Atendiendo así mismo al dicho Inocencia
X,
predecesor nuestro, á que no se podian esperar en la Igle–
sia ningunos frutos
espiritu~les
de la Congreg·acion de
Presbíteros regulares del Buen J csús, la extingió perpé·
tuamente por otras letras suyas, expedidas en dicha for·
ma de Breve, á 22 de J uuio de 1651,
y
sometió los men–
cionados Regulares
á
la jurisdiccion de los ordínarios lo–
cales, asignándoles la cóngrua sustentacion de las rentas
de la Congregacion supritnida,
y
dándoles facultad para
pasar
á
cualquiera orden regular
aprob~da
por la Silla
Apostólica,
y
reservó
á
su arbitrio la aplicacion de los bie–
nf\s de la sobredicha Congregácion á otros fines piadosos.
13. Ultimamentereconociendo el Papa Clemente IX,
de feliz memoria, tambien predecesor nuestro, que las tres
ordenes regulares, es
á
saber, la de los Canónigos Regu–
lares, de San Jorge
in Alga,
la de los Gerónimos
de Fié–
solí,
y
la de los J esuatos,
in~tituida
por San Juan Colum–
bino, eran de poca
ó
ningua utilidad
y
provecho á la Cris–
tianda~;
y
que no se podía esperar que en ningun tiem–
po fuesen mas útiles, tomó la resoluciou de suprimirlas,
y
extinguirlas: lo que ejecutó por sus letras expedidas, en
igual forma de Breve, en ·el dia
6
de Diciembre de
1668
y
á
peticion de la República de Venecia, dió á sus conside–
rables bienes
y
rentas el destino de que se invirtiesen en
los gastos, que era necesario soportar para la Guerra de
Candia con los Turcos.
14.
Pero para tomar resolucion en todos los dichos
asuntos,
y
llevarlos
á
efecto, siempre tuvieron por mas
acertarlo nuestros predecesores usar de aquel prudentísi–
mo modo de obrar, que juzgaron mas conducente para
cerrar del todo la puerta
á
las disputas
y
evitar toda di–
sension
ó
los manejos de los interesados; por lo cual,
omitiendo el prolijo é intrincado método que está adopta–
do para
se~uir
las
caus.as:por
lo~
trámites
judiciales~
ate-