1+
,,mas que
la
de
haher falta.cto
' pe~petuamente
los
R~gu!arer,
m
·,,cuya contemplacion
se
hizo la fundacion..
Esto
basta para na
en-,
,,trár en disputás .y quesdones que se dében escusar.
.
;,Los
bienes que tengan alguna carga pia habrán de responder
,.
;~á
ella., sín6 fuere tambien 'justo
y
necesario conmutáda: con·
ill""
,~terven~~on
·del Diocesano en lo qtie convenga , y corresponda.
·
,~umplí~as
así las cargas , tanto el sobrante de estos bienes,
. ,e?m.o los demas que libremente adquirieron los
Regulares 'de
!11
.
,Compa}íia
,
podrán ser raplicadós indiferentemer'Jte
.á
quafquiera
de
,los fines piadosos. que
des~a
d
Rey '- sin separarse de ·que· en ellos
,;,sea atendido el objeto de 'las Misiones,
ni
los d'emas que ·con–
,_
,du.zc;¡n
á
la
felicidad .es.piritual , y temporal , . de los vasal101i
. ,de
S.
M.
.
,Para aplicar las Casas .Y Colegios ·' Iglesias , su; Ornamentos
, ,y
.alhajas ; tendrá la autoridad Rea1
el
apoyo
d~-
las Leyes ,
y
el
. ,de su Patronato
y
protecciotl , y la intervencion del 'Ordinario
,Eclesiás~ico,
en lo ·que respeB:ivamente le.
competa >~ ,
tendrá
,tambien la asistencia de derecho.
·
,En todos los Cánones ,
y
úJtimamente en el
Concilio.deTren..
,,to
,
se nom?ran los Reveren4os Ob_ispos quando
s~
'trata de
ere~
,cion de
~glesias
,
su
tranilacion ;
y
a¡1licacion , para el cuidado
,é
iritenrl:encia. de. todo Ióconcerniente
á
el' culto : ·así que -ha,.
. ,hiendo "cesado
los
embarazos que podia causar la · esencion , por
,;haber espirado esta en la ora que f<tltaron todas las personas
á
,quienes se concedió , no queda estorbo ni di'ficultad que impida
,,la jurisdiccion Diocesana en
lo
que la pertenezca , sin perjuicio de
,Patronélto , proteccion .,
y
derechos de S. M.
·
.,,No deben callar !
~qui
los
Fiscales en elogio de los Preladosf
,Españoles
,
que casi toaos obran por estos principios , cóncurrien..
,do con sus informes ,
.~olicitud
,
y
zelo Pastoral
á
todo
lo
que:
,,puede facilitar
~1
cumplimien_to
~e
las piadosas
inten~iones
del
,Rey; y ,esté .feliz
prin~ipio
de union para trabajar por el ·bien
,;de la Religion , .
y
del
~stado
, es el mejor anunCio de
I'~
'cont¡...
,nuacion hasta
_ lleg~r
á el fin.
. ··
·
,No entienden los Fiscales comprender en los
fundatn'ent~s
y
.,,discu_~iones
'de
est~,
Respuésta ·Jos
bi~nes
dimanados de la Coro•
,na
~
que los
Regulares
_de Ja
Compa'iíia
P'?Seian en virtud de Rea–
,Jes fundaciones , · ó ·donaCiones ,
ó
por otr'o qualquiera thulo;
,porque la devoludon
de
estos bienes
á
·la misma Corona , lue.–
,go que ·se verificó su vacante por el estrañamiento de dichos
Re...
,gu-