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.

.

O .'lf

9

~,que

habien.do

el Señor

Doi1 jtian

·el

Primero

hecho :en

Guada.'aXú•

,ra

la

Ley

,

que hoy es

I

,

del

tit.

) ,

lib.

r.

de la

Rocopi!aáo,~,

,para que ninguna persona ocupase

los Diezmos de

las

Iglesias,

,,sin mosrrar el título

6

derecho que tubiese , esta religiosa piedad

,,r:o le

impidió que se acordase de sus regalías en los

bienes

'de

,,los Templarios , y de cortar qualquiera tu rbacion que pudiese

in~

,,troducirse contra ellas

á

la sombra de la misma

Ley

;

y ·así pre–

,vino literalmente:

Pera es nuestra merced, que

esto

no

se entienda

,en

los

bienes

que

f ueron

de

los

Templario.r.

,~Si

la

Corona de

Castilla

jamás toleró que disuelto el

Cr~erpiJ

.,,d~

aquella

Ordetl

se introduxese la

Curia Romana

á

disponer de

,,qingun modo de los

bienes

que la pertenecían , ni buscó otra au–

·,toridad que la suya, cómo podría olvidarse ahora

la

firmeza de

,nuestros mayores para. obrar con menos attividad .;

y .

dexar

u~

,exemplo perjudicial

á

la regalía en tiempos mas ilustrados?

·

,iSi

en un caso en que no babia habido los motivos de disen–

.,;sion

é

inquietud que ahora se hán

experimen~ ado

, estrañamien–

.,,to , ni ocupacíon de Tempora !idades, sobstubo la Corona con–

.,,tanto vigor sus regalías solo por haber·quedado vac3.ntes los

bie–

,,nes

,

y

estar situados dentro

del

Estado , qué oblig.tcion no

ha-::–

,brá de sostenerlas en el caso aB:ual ,

eh

que concurren

ra~o.ues

,mucho mas fuertes , y

poderosas~

·

·

,Ni se

.~rea'que

este modo de pensar er·a solo ,de Jos

Reyes

de

,,España

:

todos los Soberanos de

Eur'vpa

pensaban del mismo

mo–

,,do ;

y

si todos no obraron igualmente , Jue porque concurrieron

,diversas consideraciones políticas

~

las

~quales

· no bastaron para

.,,que no cuidasen muy bien de preservar con protestas sus Reales

,derechos•

.

,Felipe

de

Francia

,

llamado el

Hermos·fJ

,

babia solicitad<? ac

,,tivamerite con la. Sede

Apostólica

la extincion de

los

Templa~ios;

,por lo mismo fue el que con faci!i.:!ad se allanó

á

la

aplicacion

,.,que et Papa

Clémente

hizo de tos

bienes

á

la Orden · de

San J uan;

·,,pero siempre prócuró aquel Monarca manifestar que· todo dima–

,,naba de su ·Real voluntad

y

con•entimiemo ,

·y

<le atestiguar que

,.,los mismos

bienes

estaban baxo de su guardia , ·protecciOtJ ,

y

,.,Patronato.

, Es muy conveniente tener presen

tes las p

alabras del Instru-.

,,mento que otorgó el

Rey

F-elipe

el

Hermo.so

en

veinte

y

quatrfJ

.,,de

Agosto

de ·mil

trecfe¡:¡tos

dvce

,.

para prestar su consentimiento

la aplicacion ó traslacion de los

bienes

de los Templarios.:

NJs

G

,,pues