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.,.6

,, pedir las protestas del , Nuncio ,

ñi

las qtte

biio

despues el Papa

,Inocencia X.

,Eh

España

es tambien una regalía antiquÍsÍI¡na del Seberano

;,4isponer de Iglesias y Monasterios desampa·rados

ty

perdidos

r;

.so–

,bre que se pudieran citar muchas Donaciones ; Priv·ilegios, y otras

--';pruebás instrumentales que se hallan en diferentes Archivos

y

Es'"!'

,,critores, y est0 prestando su consejo los Reverendos Obispos jun-

,,tos sinodalmente. ·

·

.

· ,,A:sh~ r~co.noce

en la Donación que el Rey

Don Sancho

el

Ma–

,,yor.;

rey_natielo en

Castilla

,

Aragon

y

Mzvarra

,

hizo ·en. el

Concilio.

,de

Pamplona

celebrado en

veinte

y

ocho

de

Septíe.inbre de

mil

y

vein:-..

,te

y

tres

de'la Iglesia

Iruniense

á

el-

Monasterio de

S;tn Salvador

de

,Leyre,

previniendo que de

él

hubiesen de ser los Obispos , ReB:o..

;,res·,

y

Gobernadores de ella ,

y

fundándose en la desereion y pér–

;,dida' de estas'y otras Sillas EpisCO]llales,,

~u~

·

trató - de

restaura~:,

,cuya Donacion fue confirmada p6r' el

Rey

Don

81mcha Ramirez,'Cn

,el Año de'

mil

y

setenta:

·

·

< '

:

'

.

,Tambien resulta .del

Concilio

de

Jacá

én el Año de

mil

y

sesin-.

-,,tay

tres,

que el Rey

DonRamiro de Ar<igon,

cl.espues de haber es–

,;tablecido aquél Obispado , don6

á

su Iglesia

diferen~es

Monas.te

~

-,;terios con sus pertene11c'ías

;·y

pudiéra ltace'rse

'urí'

la'rgíiisimo·

Gat4~

,logóde serm;jantes

Dohacioh~s)y

aplid:tciones

dé · Igles·ia~y

Mo–

;,nasterios execueadas por Tos\. Reyes

de

·España

de su

propia\a~

·,toridad.

·

'

r.·

·

,Todo lo referido persuade que Habiendo quedado verdadera-:–

,nrente vacánte.s lás Casas , Colegios ,

y

Bi'émes

de

los

Regulares

de

·,la

Compañia

•;

pbrtenece

S.

M.

1a

d'i.spo~iéion

y;

aplicacion ,. para

,lo que ha detlarado' que oirá

á

lbs Re'verindos Ooispos,y su auto.. .

,;ridad ordinatid.' enlo que sea necesaii·o. -- -. .

r

·~

-

-

¡

'!,'

,Los afeétoi

á

la

Curia

Romana

podrán oponer aquí <que s·i

·tra–

,ta de

Bíenes

ese~t?s, ~ujetos inmed·iatam~rlte

á la

Silla

Apos.tólica

1

·\ ,Y

que .Por

lo·

mismo

deb-iá ser estala

que'

nU~:iese

de

-iritetvenit-~ ~n

-,la aplicacion.

~

' '

.'-~

!

.., .-

r,

J

11

'-.

'

,Alegarán para 'esto . algunas razones especiosas ,

y

exemplos

,con que se intentárán autorizar las p·retensiónes

-de

aquella

.Cu–

,;rifl

,

en

que no dexará de hacer su·

papel

la famosa causa de los

·,Templarios.

·

;,Pero

la

equivocacion , sobre

que

~rocederia

todo '

este

argu...

,mento, será evidente

á

qua] q¡uier,a que

mediah~m}entc

reflexione

,la_s cosas; porque no se trata de

Bienes

de esentos ·, sinó de

.J).ients

,que