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en fuerza de la verdadera
y
perfecta contricion
y
propósito con que
el penitente se disponía
y
acompañaba esas ceremonias, m.ediante
los auxilios que esa
fé
le impetraba. San Pablo llamó
debiles
á esos
sacramentos del :p1osaismo,.
lnfirma elementa
(1), cuyo. efecto in·
mediato, segun el mismo Apostol, era la purificacion de la mancha
y la pena legal, contraída por el quebrantamiento de la ley,
inqui–
natos sanctificat ad emundationem carnis
(2);
y
el mediato
exitar
y
protestar
la fé en el futuro Redentor,
y
por esta merecer la perfecta
contricion animada por el amor
á
Dios,
á
la cual estaba ligada la
gracia remisiva de los pecados, segun la confesion del profeta
David:
Cor contritum et humUiatum Deus non despicies
(3).
Pero, esta contricion verdadera y perfecta unida al amor sobre–
natural en tal grado que, acompañada con la confesion y el pro–
pósito de la enmienda., fuese capaz de borrar los pecados y recon–
ciliar con Dios al hombre delincuente, no era facilmente asequible
antes de la venida de Jesucristo; entónces mucho menos que ahora
podía alcanzarse sin grande llanto
y
trabajo por parte del hom–
bre (4). Así es que el sabio Salomon decia, de su tiempo :
«
Hay
»
justos y sabios, y cuyas obras estáu en manos de Dios;
y
sin em–
) bargo no sabe el hombre .. si es digno de amor, ó de odio
(o).
»
Y
del que babia cumplido con el precepto legal de la confesion
y
del
sacrificio por el pecado, decia,-el mismo Salomon :
«
Del pecado
»
perdonado no quieras estar sin miedo,
y
no añadas pecado sobre
»
pecado (6).
»
Esta grande dificultad de conseguir la perfecta contricion
y
con
ella el perdon de los pecados, la reconciliacion con Dios y la eterna
salvacion en el gentilismo
y
mosaísmo obligó al Salvador del mundo ·
á
instituir los santos
s~~ramentos,
principalmente el de la peniten-
(i)
Ad Galat., cap.
IV;
v. 9. En este sentido dice el Concilio de Trento (ses.
XIV
c.
1),
que la penitencia antes de la venida de Cristo no era sacramento. -
(2) Hebr.:
c.
IX,
v. :13.- (3) Ps.
nO. -
(4) Concil, trid., sess. XIV, c.
II.-
(ñ)
Eccl., c.
IX,
v. L -
(6) Eccl., c. v, v.
ñ.