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Asi se lee en el
Libro de los Sacramentos
de San Gregorio, segun
el codice publicado por Ratoldi, Abad de Corbeya. Pero
~n
el
Orden Romano,
y
en el codice Tiliano, esa forma de absolucion ó
reconciliacion de los penitentes estaba concebida en estos términos:
«
Nos (el Obispo y en su defecto el sacerdote), segun la autoridad,
>>
que aunque indignos se nos ha cometido por Dios, os absolve–
»
mos de todo vinculo de vuestros delitos,
á
fin de que merezcais
>>
alcanzar la vida eterna. Por aquel que ha de venir, etc. (1).
»
No importa, que en otros codices, trataudose de la formula de
la reconciliacion de los penitentes)
que se hacia en el dia de Jueves
Santo, solo se hallen varias
oraciones,
sin ninguna
forma indicativa .
.Esto sucedía,
ó
porque los penitentes públicos habían ya recibido la
·
absolucion indicativa
acostumbrada en la confesion
sacrament~l,
y
en tales codices solo se indica la 'formula de ·la
reconciliacion jurí–
dica canonica;
ó porque despues de tales
oraciones)
si los peniten–
tes no habian recibido la absolucion sacramental, se les daba en }a
forma comun, que por ser bien conocida no habia necesidad de
- expresar en tales codices. Desde el tiempo de las persecuciones
contra la Iglesia los Prelados
y
los Doctores trataron de ocultar
las formas de los SacrámentosJ
y
solo se trasmitiap por la tradicion
oral,
á
fin de no ex ponerlas
á
la irrision
y
profanacion, que de ellas
hacian los infieles, herejes y demas enemigos del cristianismo (2).
Cuando en el siglo
xn1
algunos querian introducir esta forma de–
precatoria :
Absolutionem et remissionem tribuat tibi omnipotens
Deus,
Santo Tomas rebatió esta novedad en un opusculo espe–
cial (3). Y con razon : hay otros documentos fehacientes, que en
(i) "
Nos etiam secundum auctoritatem nobis indignis
a
Deo commissam absol–
»
vimus vos ab omni vinculo delictorum vestrorum : ut mereamini habere vitam
»
reternam.
1
Per eum qui ven. etc.
»
In
Ordine Romano,
et in
Libro Sacmmento–
rum,
S. Greg., juxta codicem Filianum, relat.
a
Hngone Menarclo, in notis in
Lib1·.
Sacmm.,
S. Greg.
Pat'rol.,
t. LXXVIII, col. 446. -
(2)
Así lo mandaba S. Inno–
cencio I :
<<
Verba dicere non possum (quibus utuntur Episcopi, cum tradunt
»
Spiritum
Paraclet.um), ne ... videar prodere.
»
Epist. 1, cap.
m.-
(3)
Opu se. 22.