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bFPICW

V1St'l'A'I'OR1S,

71

ciones secretas, ni despues mientras dt11'are la

di~

cha visita, no vivirán en la casa del Cura,

6

bene–

ficiado, ni de los otros Clerigos, á. quien han de vi–

sitar, ni ele los Mayordomos de las fabricas de las

Iglesias,

6

Hospitales.

CAP. VIII.

Que los Visitadores examinen en la leng ua

á

los

Cmas

de In–

dios,

y

sino los hallaren suficientes, los suspenda.J .

En las doctrinas de Indios, los Visitadores exa–

minarán con particular cuyclado los Curas, en ra–

zon si saben la lengua de los Indios, que a

dminis

tran,

y

har án, que en su precencia digan la

Doct.ri–

na,

y

que prediquen,

y

cathequicen algunos

Indios

,

y

de todo traerán testimonio en los autos ele la. vi–

Rita,

y

si hallaren, que alguno no lo sabe·hacer, le

suspenderán del beneficio,

y

pondrán otro Sacerdo–

te suficiente

en su

lugar, que lo sirva, mientras se

nos dá a.viso,

pa.ra

que se provea, lo que convenga..

CAP. IX.

Que los Visitadores inquieran el modo de vivir de los Indios,

y

corrija.n sns excessos, y traygan testimonio, de lo que hi·

cicren.

Qua.ndo se visitaren los Curas de Indios, se hará

tambien visita ¡(los mismos Indios, inquiriendo su

modo el e vivir,

y

procurando corregir,

y

emmendar

sus

ex~essos,

procediendo en esto con ofiéio de pa–

clres,

y

ach·irti

endo la estrecha cuenta, que se ha de

dar

N

uest.ro

Señor, sino se hiciesse a.ssi; y de las

diligen

cias, qu

e en esto se hizieren·, se traerá por lo

menos testimonio en relacion

COl)

los demas autos,

para ve1' el modo, como han procedido, guardando

en las condenaciones, lo que está dispuesto en la ins-