Table of Contents Table of Contents
Previous Page  77 / 438 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 77 / 438 Next Page
Page Background

-69-

4·5. Desacreditase uua sentencia del Cardenal Bm·o11Ío.

E n los siglos antig uos era necesa rio eL testimonio gene–

ral, para reconocer un punto po•· d ogmático:

y

mucho des–

pues ha pretendido la Curia Romana desmentir la historia,

diciendo, por el órgano del Cardenal Baronía, que "desde

el tiempo de los apóstoles,

y

desde que fu é co locada e n

Roma la silia de Ped ro, era costumbre que al nacer una

l1 erejia

y

~1parecer

Nn

heresiarca, no era examinada la cau–

sa por ning un obispo de cua lquiera autorid ad que fu ese,

sino por el Romano Pontífice, quien procedía á la conde–

nacion con autorid ad apostólica." Los anales eclesiásticos

desm ienten la asercion del Cardenal. N o, no digamos

cp

alta voz con San A g ustin·-

"Ia mayor parte d e lns herejías,

mucho mas incomparablemente de las que fuer on cond ena–

d as en Concili o, lo han sido alií mismo d onde empezaron;

y

de ah i se difundió su conocimiento á

todas las Iglesias

para detestarlas." No, no volvamos á decir, porque en ma–

teri a de doctrina son axiomas cristianas las sentencias de

San Vicente de Lerins-

·"en la I g lesia Cató lica se .tie ne

por verdad d e fé lo que se ha profesarlo siempre, e n todas

partes

y

por todos"-

íd

teneamus, quod nbique, quod sem–

pem, quod ab 011111ibus c•·editmn est.

4·6.

D qjiniciones e>-radas de Romanos Pontffices.

I .

E l Papa Gregorio II fué con sultado por el Obispo

Bonifacio sobre va rios puntos, para saber la d octrina d e la

Ig lesia romana acerca de ellos; y e l Papa le responde, que

,-a

á

enseñarle la doctrina

apostólica-apostolici vigo•·is

doctrinam dicimus.

U na de las preguntas era esta:- "si' una

muj e r e nfe rmase de tal suerte, que no pudiese pagar el dé–

bito

á

su ma rido, ¿qu é hara éste?" E l Papa r esponde así:

"bueno sería que permaneciese abstenido; pero como esto

es propio d e l<>s fue rtes, si el tal no pued e contenerse, que

se casc"-qui

se 110n pote1·it continere-,

n'Ubat

magis.

Gra–

ciai)Omismo se escandali za de esta d ecision; y los intérpre–

tes

y

g losadores suelan por d arle sentido c!at(¡lico: nosotros

digamos así-es doctrina católica, que un .matrimonio con–

sumado es indisoluble por d erecho divino;

y

sin embargo,