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que sin primado no sería el réjimen de la Iglesia cató li ca.
Tam poco es necesnrio, que e l primado tenga derecho d e
d ar leyes p ara que sea suprema autoridad, y tenga
la
jnris–
diccion correspo ndiente; como no lo es que n uestros P resi–
dentes tengan a utoridad d e dictar leyes, para ser y llamarse
cada- uno S upremo Gobierno, con las atribuciones conve–
n ie ntes al encargado de la ej ecucion de las leyes.
'27.
¿El P rimado tiene de,·eclto propio de ·recibi·r apelacio–
nes de todC!s las Iglesias?
N o en tendemos aq uí por apelacio n-el
,·ecu1·so
&quej a
que los sú bditos dirij en a l su perio1', para llamar al cu ln p li–
miento d e su deber á las autoridad es inferiores, sino e l trá –
mite ó nueva in stancia que franq uea n las leyes
á
los que
han recibido sentencia desfavorable. · Em pecemos obser–
vando, que si fu era derecho d el P rimado el de recib ir :<pe–
laciones, los Concilios en que se dictaron r eglas d e procedi–
miento para terminar los juicios,
debie1·on
haberse r eferido
á esta
prerogativa~,
cuand o se hubiese t ratado el e
~rela
ciones; pues no eran dueños ele d esentend e rse de una pre –
l"Ogativa esencial, es decir, concedid a por
J.
C. al primado..
A l contrar io, si los concilios en tal caso no hici eron memoria
del R. Por.tífice, es u na gran prueba ele que
á
sus ojos no
e ra atributo esencia l del primad o
el
derecho de recibir ape–
laciones; sería injuriar
á
tan santos pastores, su p oner que
ignor aron una clispo_sicion de
J,
C. si en verdad la hubiese
habido. A bramos pues la historia, y r egistremos h echos
an á logos
a
nuestro propósito.
'28.
Recdn·esc la ltistorict de los cinco p rime1·os siglos.
l. Fel icísimo, presbítero de Car tago, fué excomulgado
por su Obispo; y d es pues de confi ní1ada la sentencia, se le
oyó en un nuevo Concil io, dond e por tercera y ú lti ma vez
fu é excomulgado. Recurrió con sus secuaces al Papa Cor–
nelio, q u ien los repelió, aunque trepidó luego, á causa de la
tenacidad con que procedían, ha sta amenazar al Pontífice.
Estrañaba su perpl ej i,Iacl e l Padre S . Cip riano, y le decia,
"que si los malvados conseguían po1· su temerid ad , lo que n o
l1abia n podido por justicia, S'e acabaría el vigor d el episco-