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le
convenía este derecho.
Y
luego "la ignora ncia de los me–
tropolitanos y de s us Concilios, que olyidaron el orjíen pon –
ficio de sus facultades; y la
incapacidad de estos mismog
Conci lios con sus metropolitanos; y el
fraude piadoso
de Isi–
doro, que para vencer la
imprudente •·esistencia
de ellos,
creyó p reciso inventar hechos y decretales, ; in que la im–
postura añadiese nada
á
las fac ultades de los Papas, ni in –
fluyese en su ejercicio." Providencia de Dios llamaba el
D r. Moreno, lo que
á
toda lu z d ebe calificarse d e
deliriós
de la d esesperada Curia.
2 !. Considé•·ar¡se ios Mjj·unwntos de Walter.
N iega este escritor, que "las
fa l~as
d ecretales contengan,
y hayan introduci do alg una novedad en la disciplina de la
I glesía; y que no son sino el compendio de las opi ni011es de
su tiempo , cuyo curSo hubi era dado los mismos efectos, aun
cuando tal obra no exist iese." Pasma la confianza con que
tales aserciones se vierten,
y
en tono confiado
y
concienzu–
d o,
y
en~eñánd olas
á
la juventud corno verdades in concusas.
Pero sepan los jóvenes, que se les dice una cosa por otra:
que se confunden las idéas, ó se desfigman,
y
se habla d e
lo que hai en una parte, guard andose, respecto de la otra,
profundo silencio. 1-hgamos sino algunas observaciones,
á
vista d e lo dicho
y
probddo anteriormente.
' .
•
•
Si antes ele I sido,·o e:·a reconocido el primado de la Igle–
sia r omana, la historia d e los antig uos siglos acred ita, que
el prima do
1'10
era sinónimo de omnipotencia, ni orij en de
~
las facu ltades de los demas pa stores; y fue ron menester fal–
sas decretales, para hacer
satir
de la Igles ia romana las
otras iglesias. No han ha blado pues las J ecretales de !sido·
ro r e,pecto de la I glesia t:.omana, " del mismo moJo c¡ue las
fuentes auténticas."
En el punto de la ordenacion de
lo;, "ob ispos, la Curia
mi~ma
no ha podido negar la discipl:na corriente de mas de
doce siglos, e n que fueron instituidos por lo> metropólita–
nos con sus sínodos;
y
1-¡an sido mene.ter falsas decretal es,
que desmintieran la historia,
y
esplicaran las funciones d e
los sinoJos pOi' la autoriza cion d el P apa . Y sin embargo, el
Sr.
"V
a lter dice, que '·en materia de ordcnacion de obispos
no dan las falsas decretales dc1·echo algu no a la sede
¡•o·
mana.''
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