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to,
siendo así que un mismo verbo rcjia las dos oraciones–
petat.
Si á juicio del Papa Jnoce ncio I y conforme á lo dispues–
to en el canon niceno
á
que él se referia, debían terminar
las causas en la provincia, no podía esto suc eder, si todavía'
hubi ese necesidad el e ·ocurrir
á
la silla apostólica en el sen–
tido de la Cnria. Los correctores ¡·omanos del decreto de
G raciano han notado, que en la ultima edicion de los Con–
cilios no se encontraban las dos palabras
sine prmjudicio;
y
el erudito Berardi se inclina
á
creer, gue dicha clausula fu é
trasladada de la epístola espnri<t de 1\Ln·celo. Añadamos,
que el haber omitido el P&pa N icolas la frase posterior, en
que Inocencio hablaba de "las causas mayores, que despues
del juicio episcopal, debían remitirse á la silla apostólica, se–
gun la disposicion del Concilio," frase tan util y oportuna, co–
mo está á la vista, para el asunto q ue estaba ventilando N i–
colas, nos ministra una vehemente presuncion, de que en el
tiempo del Papa N icolas I no se leía comft se halla ahora la
epístola de lnoccncio, por lo menos ·en a quellos ejemplares
á
que no hubo alcanzado la mano de Isidoro, ó de sus dis–
cípulos.
P or lo que hace á las causas
nwyo-res,
observan los erudi–
tos, que no hay constancia segura J el tiempo
y
ocasion e n
que ellas se reservaron
á
la si"lla ¡¡postólica,
y
de cuales fue·
ron estas causas, pudiendo creerse que nada · fué· anterior á
las falsas decretales; por donde verán nuestros lectores, có–
mo la costumbre de los siglos posteriores ha servido á la Cu·
ría, para esplicar y dar sentido á palabras an tiguas, que tu·
vieron otro muy distinto en su principio.
15.
Sue·ños curialisticos pm·a justijica·r las rese-rvas.
Creídos los curialistas del derecho innato del Primado,
¡Jara reservarse las facultades de los obispos, solo se ocupan
en soña r causas para justificar su ejercicio. Dicen
q.ueha–
hiendo comenzado los obispos
á
turba t· la vida soli taria de
los monjes, y á menguar los bienes y rentas de los monas–
terios,
fué
preciso eximirlos de su jurisdiccion, segun lo dis–
¡mso Sa n Gregorio Magno. Pero quien lea la histot:ia ,
y
re–
j istre las epístolas del Santo Papa, verá que él se contraía
únicamente á qu e no se perturbase
el
~ilencio
y
la paz en los