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2.! .

D os ejc111plos notables áfawr de lo que decimos'.

P a ra ponernos

ii

cubierto del enoj o de la Curia, oponga–

rnosle el intachable

testimonio del sabio Benedicto

X IV

cuand o era L amber tini. Ha blando de la fiesta de la Asun–

cion de la Vírj en MarÍ<l, rl espues de referir prolij arnente su

h istoria , y de hacerse cargo ele hallarse reconocida generar"

mente en la I glesia, y de celebrarse dic ho mister io en todas

partes, tiene cuidado de adve rtir, que no es artículo de fé.

L as razones que dá so n las siguientes: " los lugares que se

alegan de la Sagrada Escritura para es tablece r dicha opi–

rlion, pueden es plica rse de otro modo: la tradicion que se .

hace valer, no es la que se necesita para elevar le sentencia

al grado de los a rtículo de fé: la festiv icLt d no es bastante

para sostener, q ue haya una de fi nicion de la Iglesia, que la

coloque entre los a rtícu los de

fé ."

El otro ejemplo que po ne el docto Pontífice, es el relati–

vo á la Purísima Concepcion de la Ví rjen, y entre otras co–

sas dice así- "cualesq uiera que sean las razones que teó–

logos alegan, y la propension de la J.glesia en favor de la

Concepcion Inmaculada, sen tencia recibida en

tod as las

universidades católicas,

y

tan conforme

á

la piedad de los

fieles y su devocion h ácia

la Santisima V írj en, nu puede

decirse, que la I nmaculada Concepcion ha sido definida

CO'–

mo artículo de fé, aunque co n a utoridad apostólica se celebre

au festividad." Despues de Benedicto

X IV

ha mejorado in·–

deciblemente la ca·usa de

la

Concepeion Inmaculada; y sin

embargo; nada d

e est

o era basta nte, á j ui cio de los propios

curiali stas, para

q.ue

fuese reputada por dogma de,

ante&

de la bula de Pi

o I X

en D iciémbre de

1851·.

QZ. Observacion impm·tcmte.

Creemos ha ber demostrado la necesidad absolu ta de q ue,

para ser dignas de m;1ombre las decl araciones dogmáticas,

debe ser la materia de

fé,

y

haber consentimie nto un iversal.

Ahora bien: aunque esto no

pue~a

tener lugar si no en asun–

tos propiamente espiritual es, como no en lodos los que me–

rezcan este nombre se bailarán ¡·etmidas dichas coúdiciones,

resulta necesariamente, quo bien puede habe r asun t:os espi-