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-18 1~

atendidas las circunstancias: que cua nd o di spuso el Conci–

lio Tridentino, que hubiese cada tres años concilios provin–

ciales, no habló de

In

confimacion del Papa,

y

er a sr.bido

q ue

nacli~

está ob ligado á lo que no manda la lei, así como

es permitido lo que ella no prohibe;

y

que no estand o ob li–

g ados los sínodos diocesanos á ese requisito, como Jo decla-

1'Ó

una congregacion

ron1ana, por cuanto

e l

(

.~oucilio

guCtr–

dó silencio,

habiéndolo g uardaclo tambien r especto d e los

conc il ios pro vi nciales, debían quedar estos eximidos por

igual razon. T oca á los He la Curia manifestar, que la cos–

tumbre contraria h a tenido virtud de destruir las razo nes e n

que se fundaba la disc iplina antigua.

CONCIL IOS SUPERIORES

A

T.OS

P RO VINC IALES.

27.

Objeto de estos concilios.

Estos concilios pueden llamarse

prttría,·cales, nacionales,

ú

otro nombre _semejante,

y

á

veces se

llamaban 'unive,·sales,

no por confundirse con los ecuménicos d e toda la Iglesia

c•·istia na, sino po1· comprender un a vasta rejion, el Africa

por ej empl o. A d iferencia d e los co ncilios provin ciales, que

tenía n periodos fij os para su celebracion, Jos co ncilios d e

que hablmnos, eran de un carácter extt·aordina1·io, segun Jo

exlj ian las circunstancias. En la Iglesia Africana se tenia

anualmente un Conci lio de toda e lla; pero el Co ncilio d e

lVIilevá dispuso que en adelante no se ce!ebrára ta l Co nci–

lio, sino cuando lo exijiese la causa comun de tod a el Afr i–

ca, d<>j ando las demas causas

á

los concilios provin ciales.

Está visto pues, que los con ci lios de muchas provincias se

contraían

á

tratar de los asunto" comunes

á

todas ellas. Se

contraian

tan1bien

á poner térn1ino

á

las

ca usas, que no

ha–

biah pool ido d efini rse en un Concilio p rovincia l. E n la epís–

tola que los obi spos de Africa escribi eron al Papa Celes ti –

no, hacían memoria de la disciplina corriente en la

Jgl ~sia

Africana, de termina¡; en ella los juicios, ó fuese en el

Concilio provincial 6 en el universal. Tambien el Concilio

cuarto de Toledo

reconoc í~,

q ue en las causas comunes

d ebía reunirse un Concilio ge nera l d e toda la E spafía.