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-178-

~3.-6.

e

Dm· Obispos coctd¡jutores.

Cuando Valerio, Obispo de Hipona, quiso tener por su

coadjutor

á

Agustín, obtuvo permiso de Aurelio, Obispo de

Cm·tago. Vino despues lYiegalio, Obispo de Calama, y ene

tónces decano ó primado de N umidia,

á

visitar la Iglesia de

1-lipona, y Valerio le signi·ficó , lo mismo que

á

los demas,

lo que pensaba. Su propuesta se recibió con•placer; pero

1\'Iegalio se oponia; y como en el Concilio fuese estimulado

á

fund ar su resistencia, confesó su engaño, y pidió perdon de

lo que hiciera contra Agustín. Pero como tambien éste se

oponía, se le probó con ejemplos, que el caso no

~era

nuevo

ni inusitado,

y

fué ordenado obispo. Observa Tomasin, apo–

yado en varios ejemplos, que no habia práctica de ocurri r

á

la Silla Apostólica en el punto que tratamos, sino que en–

tendían los metropolitanos con sus Sínodos.

!24.-7.

e

Juicio de los Obispos..

Recuerden nÚestros lectores lo dispuesto en ef primer

Concilio de Nicea, cuando para poner arreglo en las exco–

muniones, dispuso que se celebrára dos veces al año Conci–

lio provincial. Como el objeto era, que las cuestiones susci–

tadas en la provincia se examinasen y terminasen ep dicho·

Concilio, parece que comprendía las causas contra los O bis·

pos; mayonnente cuando le atribuía el juicio de las exco–

muniones fulminadas por los obispos contra los clérigos, lo

que no podia hacerse sin juzgar

á

los obispos.

Y

pues los·

obispos eran hombres, será preciso decir, ó que el Concilio

les declaró la impunidad, ó no quiso hablar del juez de los

obispos, ó dió por sup uesto, que en el Concilio provincial

podían absolverse todas las causas.

Nadie mejor que el segundo Con¡;ilio jeneral podria co·

noéer el espíritu y sentido propio tl el cánon nieeno. Pues

bien: el segundo Concilio jeneral reputaba por una cosa

"corriente y manifiesta, que al Sínodo de cada provincia le

tocaba la administracion de los negocios de ella:"

á

los cu–

r ialistas les corresponde probar, que los juicios de los obis–

pos estaban excluidos de los negocios de la provincia. Los

obispos de Africa entendieron de igu¡¡lmodo el cánon nice-