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no, cuándo en su epístolrr al Papa Celestina, le <lecian, que
"no fuera fácil en admitir en su comunion,
á
los que h abían
-sido suspendid os d e ella en otras I glesias, lo que era contra–
t·io al cánon niceno; pues si en é l se hace menciou de los
clérigos y de los legos, con mas razo n se quiso hablar de
los obispos; y t)o halláudose esto d e ro gado por niQg uu Con –
cilio, debia estarse á lo dispuesto en el d e N icea, que
clm·a–
mente
sometió los obispos y los clé rigos d e g rado inferior
á
su metropolitano." Tan espresa mane ra de h ablar repele los
comentürios de la Curia.
Saliendo de h1 I glesia africana, se verán cánones espresos
á favor del Concilio provincial. U n Co ncilio de Antioquía
se puso eu el caso de que un Obispo cond e nado por el Sí no–
do ocuniese al Emperador; y para ello di spone, que se ten–
ga otro Concilio mayor; pero de cu alquier modo, el juicio
terminaba dentro de la provincia sin salir á otra rejion.
El
Concilio de Sárdica hi zo cosa parecida al d eAntioquía, sos–
tituycndo el Romano Pontífice al Emperador, y teniendo sin
duda
á
la vista el reciente suceso d e S an Atanasia. Deter–
minó, que " si a lg un obispo tenia causa justa para pedir que
se reconsiderase su asunto, escribiesen los primeros jueces
al Obispo de Roma; y si éste creía justa la reconsideracion,
nombrase jueces d e la provincia veci¡ta, pudiendo tambien ,
si le parecía, enviar un Legado." E l lenguaj e emp leado esta–
ba indicando, que se trataba de un a novedad en favor del
R.
Pontífice; por honrar la memoria de S . Pedro-Si
vobis
placet,
Sm~cti
apostoli Pet1·i memoriam lwno·remus.
El
Concilio de Calcedonia hi zo un ca mbio en este punto,
ordenando que si alg uuo tenia queja contra el metropolita–
no, se dirijiese a l Primado d e lo que cn tó nces se llamaba
Diócesis
ó Patriarcado. Quizá esto sirvió de modelo para que
en 'el Occidente juzgase n los
Papa~
las causas d e los metro–
polita nos; p ero quedaba por averig uar, si el p atria rcado d el
R.
Pontífice comprendía todas las I glesias del Occidente.
E n prueba de que no comprendía
á
tod as, baste notar, que
los Con cilios 3.
0
y
5.
0
de Orlcans en las Gaiias numera–
han los casos en que el Concilio provincial ej ercia autoridad
sobre el metropolitano.
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