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<lido, y continuaron en el Concil io los que se h a llab an de
an–
temano.
Por lo demas, la su perioridad d el Obispo su pone, en vez
de excluir, la cooperacion de los pár rocos, ó pastores de se–
gundo órden. S i el Papa que, h ab lando en el leng uaje de
la Curia, puede cuanto puede Dios,
y
qu e no es puro hom–
bre sino casi Dios, no excluye los der echos de los Obispos,
que segun Benedi cto·
XIV
y Belarmino, so n verdaderos jue–
ces,
y
no puros consejeros del P apa en los Concilios, es de –
cir, que tienen propio
y
lejítimo dereclio para deliberar
y
definir en ellos; tampoco excluirá Jos derechos de los párro–
cos la autoridad del Obispo, que por exaj erada que fue se,
nunca jamás se aproximaría, sino e n sombra, á la iJ ea que
ha formado la Curi a del Romano Pontífice. Ademas, ¿no es
cierto, como lo acred itarérnos despues, que los Obispos en
Concilio ecumé nico representan
á
la Ig lesia universal? Lue–
go cada uno representa la suya propia en esa misma co rpo–
poracion. Añadamos, que esta circunstancia no perjudica á
Ja
concurrencia de algunos presbíteros, no como simples
teólogos
y
consultores, sino que valiéndonos de
1
as propias
palabras del
órden •·omano ,
h a bían de sentarSe y juzgar
y
definir los presbíter os que llevase co nsigo el Metropolita–
no-
cessuros secmn metropolitanus elegerit, qui u.tique et
cmn eojudicm·e atiquid et df!finire possint.
De esta suerte,
los Concilios ele Obispos eran ·caliti caclos por el número de
estos, sin perjuicio de la parte subalterna q ne correspondía
á
los presbíteros; lo que lejos de procu1·n r la confusion, con–
tribuía
a-1
mantenimiento ele la unidad, que será dig na y per–
fecta, cuando sin excluir g rad o alg uno de la je rarquía del<!
Iglesia, se dé á cada u11o el lugar que le compete, segun los
testimonios de la histori a.
S i S . Cipria no decía, que cada I glesra e ra el pueblo uni–
do al sacerd ote, y no hacia mencion del pres bi terio, era por–
que éste e hallaba siempre unido al Obis po. Como el San–
to no hacia cosa alg una de importancia sin su presbiterio,
no necesitaba mencionar una corporacion, que tenia siempre
e n torno suyo. Si S . B ernartlo se negó á concurrir al Con–
cilio, para juzgar
COil
obispos
á
P edro Ab elard o, no resul ta
de tal testimonio sino esta verdad- un santo a bad respetó los
derechos de los Obispos,
y
por ser abad, no se creyó a uto<
r izado
á
entender con ellos en las ca usas d e la
fé:
pues co-
!íZ!i!