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tar una lista de Jos Concilios

á

que no concurrieron, ó de que

fu eron excluidos; y mié ntras tanto, buscará n respuesta· al

sig uiente r:lciocinio que hacia un Obispo: "si debe decirse

que los presbíteros no han tenido derecho, porque en mu–

cho Sínodos

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suscribie ron, tambien deberá decirse, que

pues en otros muchos suscribieron , ha n tenido derecho."

No hai duda de que en las actas de los Concilios se en–

c uentra n no pocas veces, que presbíte ros suscribieron como

procurad ores de obis pos; pero esto no destruye el derecho

propio que por o tra parte pudiera n tener como presbíte ros;

así como obispos, que en a lg unas ocasiones hi cieron las ve ·

ces de otros obispos, no dej a ron de

tener derecho suyo, y

representacion propia como obis pos: el Concilio de Calce–

donia nos ministra ejemplos, y entre ellos d e los Obispos

Luciano, Melecio, Ep if<lnio, Constantino y Quin tilo. Antes

p resentamos ejemplos de presbíteros que suscribieron á

nombre suyo, como en el Sínodo de Aujerre, donde se en–

cuentran tantas suscripciones de presbíteros, cuantos eran

los que ha bían concurrido: toca

á

los de la Curia exhibir

ej emplos de presbí teros que concurrieron sin suscribit·,

y

dar la ri\ZOn porque .fueron excluidos; y mié ntras. ta nto,

á

nosotros nos basta h acer la relacion

á

vista ele las actas de

S ínodos diocesanos, y en los demas es suficien te y favo rable

á

nuestro propósito ver firmas de presbíteros.

A

unque el presbítero

y

arquimandrita lVlartin hubiera dicho

en

e l

sentitto de la Curia, que so lo era propio de los obispos

suscribir en los Concilios, ha bría sido una opinion particu–

lar; pero el arquimaudrita no habló como la.C uria, y vamos

á

manifestarlo. Cuando Flavian, patriarca de Co nstantino·

p la, celebró Sínodo contra E utiques, envió a l presbíte ro

Pedro y al diácono Patricio, para que averiguasen si Euti–

ques babia hecho circula r un escrito, pidiendo firmas á otros

presbíteros y arquimanclr itas. lVlartin

respondió, q ue "así

era e n verdad; pero que

él

se babia resistid o diciendo, que

no le tocaba á

él,

sino

á

los obispos, suscribir: "

en igual

sentido contestó el arquimandrita Fausto. La simple rela–

cion d á á conocer la pobreza del argume nto en esta par te.

Se trataba de que suscribier an un escrito los arquimandri–

tas sepa rados de su obispo; lo que por cie rto no les era per–

mitido, pues se h ablaba de doctrina; y el autor del a rgumen–

to supone proferida en Concilio la palabnt de Martín . N o-