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tar una lista de Jos Concilios
á
que no concurrieron, ó de que
fu eron excluidos; y mié ntras tanto, buscará n respuesta· al
sig uiente r:lciocinio que hacia un Obispo: "si debe decirse
que los presbíteros no han tenido derecho, porque en mu–
cho Sínodos
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suscribie ron, tambien deberá decirse, que
pues en otros muchos suscribieron , ha n tenido derecho."
No hai duda de que en las actas de los Concilios se en–
c uentra n no pocas veces, que presbíte ros suscribieron como
procurad ores de obis pos; pero esto no destruye el derecho
propio que por o tra parte pudiera n tener como presbíte ros;
así como obispos, que en a lg unas ocasiones hi cieron las ve ·
ces de otros obispos, no dej a ron de
tener derecho suyo, y
representacion propia como obis pos: el Concilio de Calce–
donia nos ministra ejemplos, y entre ellos d e los Obispos
Luciano, Melecio, Ep if<lnio, Constantino y Quin tilo. Antes
p resentamos ejemplos de presbíteros que suscribieron á
nombre suyo, como en el Sínodo de Aujerre, donde se en–
cuentran tantas suscripciones de presbíteros, cuantos eran
los que ha bían concurrido: toca
á
los de la Curia exhibir
ej emplos de presbí teros que concurrieron sin suscribit·,
y
dar la ri\ZOn porque .fueron excluidos; y mié ntras. ta nto,
á
nosotros nos basta h acer la relacion
á
vista ele las actas de
S ínodos diocesanos, y en los demas es suficien te y favo rable
á
nuestro propósito ver firmas de presbíteros.
A
unque el presbítero
y
arquimandrita lVlartin hubiera dicho
en
e l
sentitto de la Curia, que so lo era propio de los obispos
suscribir en los Concilios, ha bría sido una opinion particu–
lar; pero el arquimaudrita no habló como la.C uria, y vamos
á
manifestarlo. Cuando Flavian, patriarca de Co nstantino·
p la, celebró Sínodo contra E utiques, envió a l presbíte ro
Pedro y al diácono Patricio, para que averiguasen si Euti–
ques babia hecho circula r un escrito, pidiendo firmas á otros
presbíteros y arquimanclr itas. lVlartin
respondió, q ue "así
era e n verdad; pero que
él
se babia resistid o diciendo, que
no le tocaba á
él,
sino
á
los obispos, suscribir: "
en igual
sentido contestó el arquimandrita Fausto. La simple rela–
cion d á á conocer la pobreza del argume nto en esta par te.
Se trataba de que suscribier an un escrito los arquimandri–
tas sepa rados de su obispo; lo que por cie rto no les era per–
mitido, pues se h ablaba de doctrina; y el autor del a rgumen–
to supone proferida en Concilio la palabnt de Martín . N o-