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fué onfonado Al':tol>ispo de Jcrusulcn por San Pedro, San .luau
y
::inntingo el mayor, dando u
:si
In forma que dcbiu imitarse en
adc~
Jnnte; en el Ctínon 4? de la Distincion 64 se hace decir al mismo
Pontlficc,que los Obispos de cada Provincia deben ser consagra–
dos por mandato del
Ar1.obisp~juas1t
Archiepiscopr consecrari
1wssunt.
En el Cánon
2?
se imputa al Papa Anncleto, que las
ordenu.cioncsde los Obisposdeben hacerse por todos
los de la
Pro\•Íncia, aunque con una ndicion de que hoblarémos luego.
Estos
y
olros Cánones verdaderos
y
falsos, se encuentran en el
Decreto de Grnciano,6 en esto. compilacion del siglo 12.
Si
posamos
á lacoleccion de las Decretalesautorizadas
y
pu.
blicodas por Gregario
9?
en el siglo 13, dirémos con el Docto
Pereirn, que aunque en muchas de ellasestiín coartados los dere.
chos de que gozaban los Obispos por la disciplina primitivo, deja–
ron intacta In prerogativa de
lo~
Metropolitanos; que en los titu–
los de
electüme
y
de
traslatione
se leen \'arios capítulos, donde se
supone el derecho de que hablamos,
y
de este principio parten las
contestacionesde los Papas, como el capítulo
44
del primer título
citado en que previene Inocencia
3?
que los Obispos sujetos in–
mcdintumcnte (¡In Silla Apostólico) deben pedir al Popa la confir.
macion; luego los Obispos que no estaban sujetos inmcdintomen.
te
al Papa
no la recibían de él, sino del Metropolitano.
En
el
capitulo
2?
del 6ltimo título hace mencion el mismo Pontífice, de
que por 6rden
suya
hnbinn sido suspendidos los Obispos de Tours
y
de Roam de In facultad de confirmar
y
consagrar Obispos, por.
que sin licencio. de
In
Santa Sede habían hecho traslaciones; lue–
go tenían los Metropolitanos una potestadordinaria
d~
que en cier–
tos casos se les suspendía. En el capítulo
1?
dccia,quc un Ar–
~obispo
confirmado aunque no consagrado) habia dado la confir.
macion
á
un sufrngúneo)
y
esta conducta no mereció el enojo del
Pontífice, que se dirigió únicamente contra el Patriaren de Antia–
quin, suspendiéndole de confirmar
á
los Obispos)por haber hecho·
trnslncion sin el correspondiente permisodel Sumo Pontífice. En
el título de
tcmporibus ordi7laliomun
está
mui
expreso el capítulo
6?
donde se pre,•iene) que el Arzobispo debe ser ordenado por
todos los Obispos de la Provincia)
y
el Obispo por tres, do 6rden
del Arzobispo
y
consentimiento de los domas, aunque lo mejor se–
ría
que todos eligiesen
y
consagrasen: la glosa nos advierte
q
1
la
palabra
elegir
equivale en este caso
á
confirmar- elegeril, id est,
electum aprobare.
El
capílulo
7
?
es tomado de
un
Concilio de
Arl~sdel
siglo
5?
en que
expresam~nte
se sostienen los dcre–
rechos del Metropolitano, como en el anterior: de manera que en
el siglo 13 se empleaba el mi$mo lenguaje hablando de la consa–
,:;ra~ion
de los Obispos que
el que se
hubo empleado
en los
siglo!:!
antiguos.