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IM Obispos hncinn en los primeros siglos los cnnoni?.ncioncs de
los Su.ntos con l11 autoridad del Sínodo Provincinl, 6 por lo menos
con el asenso de su i\fctropolitonoj
tY
deben\ decirse quedescm–
poiinbnn esta facultad por consentimiento túcito del
l"lomnno
Pon ..
tHicc1: tambien tenían bnjo de su inmedinln
juri::~diccion
á
los
Monjes,como unos de muchos fieles
á
quienes npacentabun por rn–
r.onde su oficio;
¡,y
se dirá que ejercían tol poder por consentí.
miento tiícitodel Romano Pontífice? Luegoconstnndode In His-
~~~~:n~~~~~:J~~s~ir..~o;ál~e:,l~::~;or'~!:~~~~~o~~:~~~~n~:!~:~
bl'o inmemorial que so pierde en
lo~
tiempos npost61icos, que fu6
solemnemente autorizada por el primer Concilio general, reco–
mendada
á
coda instante por los pa1·ticulnres, 6 inc:ulcndn oportu–
na
é
importunnmente por los Romanos Pontífices, sin
que huya
rnstro
alguno
de delegncion Papnl, no tenemos motivo
el
menor
para
mirnr con buen ojo
una
contestncion
que
parece fabricada.
adrede
parn
evadirse de las dificultndes.
Si los Metropolitanos confirmnlmn
y
consagraban
ú
sus su–
frogtí.neos
por
consentimiento túcito
del
Romano Pontífice,
iCómo
es que ni encargarse los escritoresestimados de la Curia del Cá–
non
2.
0
de In Dislincion
64
de Grncinno, en que se atribuye una.
falsa Deorctt\l ni Pontífice Al!acleto, haciéndole dec:ir que tules
ordenaciones :;:e hncinn como quieren nuestros odvcrsnrios-a"clo–
ritate apostolica;
como esque impugnan estos escritores tal aser–
cion, teniéndola por contraria
ú
In verdad?
Ilé nquicomo se ex–
preso.
el
Docto
y
erudito Bcrnrdi: uel que compuso lu Epístola de
Anncleto, se apartó dala antiguo disciplina que impuso ni l\fetro–
polituno eldeber de que habla el Cú.non
4.
0
del Concilio
1
?
d~
Nicén, pues quiso que lasordenacionesde los Obispos fuesen cc–
lebmdns por autoridad npost6licn, lo que escontrario
6.
los monu–
mentos de la antigüedad''-Olim
no11juisse necc¡oarium ttniversa
propcmotlumvetusta mouumenta doccmt;
y
que
6.
lomas podrin de–
cirse que esa practica conveniu.
en In
Italia,
n
cuyos Obispos so
supone escritadicha cnrtn(l2); cuya excepcion confirma nuestro
prop6sito, y vindica los derechos del Romano Pontífice como l\Ie.
tropohtano, 6como Patriaren si sequiere. Aun el glosador del
Cánon citado al llegar
á
laspalabras
auctoritale apostolica,hace
su
llamada
y
dice
aucloritalegtt1erali¡
es decir, que se nvergUenznn
los curinlistas moderados de In doctrina que hnco venir el dere–
cho de los Metropolitanos de ln Sede Romana; pretension que so–
lo pudo tener su origen en una Decretal np6crifn.
.Ademas, 6 el consentimiento tácito se mira como un hecho,
y
es preciso exhibir el documento que loacredite,
ó
como el rc–
l:iUltndodc un derecho,
y
deben nlegnrsc los rnzones que lo fun-