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sejo , como lo testifican las Resoluciones
y
Consultas , que están
en el archivo.
1 1
o
6
El Obispo de Cuenca en punto de surrimienro pú–
blico de granos no se halla fuera de exceso , porque
~1
mismo
co_nfiesa impuso censuras reservadas
in Crena rDomini
al Corregi–
dor de Utiel, solo porque execuraba las órdenes del Ministerio
relativas á la conduccion , que nunca pueden rozarse con la in–
munidad ; pues quando fuesen obligados á ella los seculares por
necesid~d
pública, cambien lo son los Eclesiásticos, como Ciu–
dadanos
y
miembros de la República;
y el
calificar quando lle–
ga el caso , toca al Gobierno
y
no al Obispo.
·
11
07
El Corregidor de U
riel
D. Josef
Gonzalez
no daba
estas órdenes á nombre propio , sinó como executor de las que
á
nombre de S. M. le comunicaba
el
Marques de Squilace , no
estando en su mano suspenderlas sin desacato á la Soberanía.
11
o
8
Ni aun quando fuesen gravosas, era parte el R. Obis..
po de Cuenca
y
su Provisor, para impedir el uso de su jurisdi–
cion con las censuras favoritas
in Crena rDomini
al Cortegidor,
·que no está sujeto en materias de Gobierno
y
económicas á res–
ponder al Obispo. Y así tan lexos estubo de haber sido agresor
dicho Corregidor de Udel , que ántes bien há sido
el
verdadero
ofendido y maltratado,
y
agresores
c:S
ofensores
el
Obispo
y
su
Provisor,que desquitaban en este Magistrado la desafeccion hácia.
el
Ministerio , por donde corría entÓnces la policía de granos;
.valiéndose de un arbitrio, ql1e induce un pernicioso exemplar
y
escándalo , qual fue obligarle á acudir á Roma á solicitar la ab–
solucion de unas censuras tituladas
in Ccena rDomini,
que no pu–
do imponer el Tribunal Eclesiástico sin ofender las regalías; ha–
ciéndose risible en Roma misma la debilidad de nuesrro Gobier–
no , que dexa vulnerar así su decoro. Fueron nulas y atentadas
semejantes censuras ; pero no contento con haberse salido con
quanto quiso el Obispo , viene haciendo jactancia de sus pro–
videncias ; y le falta poco para pedir satisfacion ,
á
vista de la
confianza con que habla desde Cuenca.
1109
¿
~ien
habrá de aquí adelante en Utiel, que
~os
tenga la jurisdicion Real
á
vista de este exemplar,
y
del que ram–
bien le pasó en San-Clemenre al Alcalde-mayor D. Fernando
(1
\y.izMontoya,
por la causa que fulminó contra Juan Montero,
que en rrage de lego hirió la noche del dia
1
5
de Abril del año
pasado
á
Juan de Aparicio , habiéndole obligado
el
Provisor de
Cuenca á poner en libertad
á
dicho Momero,
y
declarado incurso
en