,, correspondencia y uniformidad , .que los conserve. Y si
el
, tie.mpo mostrare necesidad de apretar mas esta materia , ha–
" llándola en este límite , tendrá fácil disposicion
el
hacerlo.
Y
,, sería muy conveniente subrogar algunas obras pías en otras,
,
como
son dotaciones para casar doncellas huerfanas y pobres
,, honradas , hospitales de niños exp6sitos y huerfanos ; y otros
,, para sustentar soldados viejos impedidos, que despues de ha–
"' ber servido á S. M. por muchos años, padecen grandes nece–
,sidades, y viejos honrados pobres , que hay muchos, que
,, por no se abatir á pedir , mueren de necesidad.
109
5
,
El daño que habia de causar en estos Reynos
el
,, aumento de los bienes , que se iban incorporando en
el
Esta–
" do eclesiástico , se advirti6 mas .há de cien años , estando
el
,,Reyno junto en Cortes, en las que se juntaron en Vallado–
" lid
el
año de
1
5
2
3 ,
en las de Toledo de
1
5
2
5 ,
en las de
,,Madrid de
1
5
2
8 ,
en las de Segovia , que tubo la Serenísima
,, Emperatriz, de
1
53
2,
y continuadas en Madrid por el Empe–
,rador en
1
5.
3
4,
en las de
1
57
9
,
y
1
58 8.
Habiéndose repa–
" rada de cien años á esta parte en daño tan perjudicial , sin ha–
" berse execurado ninguno de los remedios que se hán propuesto
,en tan largo tiempo, se puede considerar quamo
há
crecido la
, enagenacion de las haciendas , que hán salido del Estado se–
" glar y pasado al Estado eclesiástico ; y como los de él las bene–
_,,fician, mirando solo á su aprovechamiento,
á
los seglares que
,se
las arriendan y administran, no les queda Útil considerable,
,,de que procede
el
dexar sus patrias y darse á mendigar."
1
o
96
Esre. testimonio tan autorizado , antiguo
y
conclu–
yente hace vér, que no es invencion del día
el
establecimiento
de Ley de Amortizacion en España ; y que sin exponer su honor
y fidelidad , no puede dispensarse
el
Fiscal de insistir y clamar
sin cesar al Consejo
y
al Trono, para que se acabe de poner
lí–
mite á
es~as
adquisiciones tan opuestas
á
la constitucion s6lida
del Estado , y para que no se toleren sin licencia
y
noticia del
Gobierno : pues por mas que se esfuerce el
R.
Obispo
en decir
lo contrario , la capacidad de adquirir y de poseer tierras en
el
Reyno ,
y
el
derecho de permanecer en la sociedad civil de
el,
todo <:iepende de la autoridad Real. Así lo confiesa
paladinamen~
te S. Agustin , reprendiendo la temeridad de los Clérigos, que
intentaron en su tiempo decir lo contrario; y
á
la verdad gue
un testimonio como
el
de este Santo Doctor, de S. Ambrosio,
de Santo Thomas
y
otros muchos , merece bien ser respetado
.
del