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sigue por muchos siglos sin ninguna contrudíccíon.
¡Pero á cuan las absurdas consecuencias nos conclueiria
tan errado antecedente!
En vista de tan convincentes y sólidas ra:-.ones, nace
el
deseo de preguntar ¿cual es el delito de que se me acu· .
-sa? La resolucion de 12 de Setiembre diee:
~ue
he teni·
do ánimo delil:lerado de prescindir de la autoridad su·
prema, y de <lponerme á que ejereiera el patt·onato na·
óonal. PCi·o lo expuesto en este informe prueba precisa·
mente lo conkario. Con
a~·gumentos
de in-negable fuer–
:za be manirestad@ que no sola no be faltadG á la>J leyes
de la República, sino que be llevado mi
coutemplae~on
basta el puntG de ordeuar que se saspendiera la lectura,
<ln las Iglesias, de mi edicto y circular el 2 del mes an·
terior ;
y
solo despues de haber visto que el
r. ecreta–
rio del Culto nG adelantaba nada en la discusion, por·
que todos sus oficios contienen las mismas l."azenes pre·
sentadas bajo diversa .fQl·ma, dispuse que se llevara
á
<lfecto la apertura del Jubileo el día 8, que era el señala–
do de antemano en mi edicto para esta funehw.
No se puede tampoco decir que yo puse término
á
la. .
discusion,
y
que hice imposible todo
arr~glo.
Cuando la
discusion estaba pendiente, el Gobierna di.ó su órden
de
suspen~íon,
y
can ella hizo inneeesado t!·atax mas de
este asllnto, El recurrió
á
las vías de hecho; y no debía
por tanto esperar qne yo suspendiera. el
J
ubíleo, y
lo
hi·
dera
í
1
u¡;ori<> con una
díscru;wn
que el Señor • eeretaría
del Culto podía hacer interminable. Fundado en
laj!LY
ticia de 1ui procedimiento, no vacilé ea adoptar
Ull
par·
tido que despues se hizo necesario por
la,¡,¡
conminacio–
nes, como he manifestado ea otra parte.
'e
e~ígí.a
que
yo
cediera eR todo, y el Gobíem1o no daba oídoz
á
nin–
guna refle:s:íon.
E11
este conflicto era preei.l!o que los he·
ehos, sin quebrantamiento de las leye!!, pusieran térmi·