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cTc ínfraccion cometida por el Ejecutivo, que dirigirTe

Jos representaciones para que la cnmienlle, sin pasar á

declarar la nulidad del acto.

Mientras no se hubiese expresado l'a nulidad del

pase

de la Encíclica

Quanta cum,

por quien tenia derecho de

l1acerlo, no podía considerarse al Metropolitano emba–

razado para la publicacion del Jubileo. US. me dice, que

el actual Gobierno ha expresado la nulidad de tal

exe.

quatm·,

pero lo hace, segun ee deja ver, por el oficio de

Uf::l. que contesto. Antes de este oficio,

y

cuando envié

á mi Pro-secretario á saber de US. si habría inconvenien–

te para el Jubileo, lejos de expresarse entonces, como

pudo haberse hecho, la nulidad del

pase,

se me mandó·

contestar que no había inconveniente. Y supo US. po1·

conducto del mismo Pro-secretario, que se trataba del

J

ubílco, cuyo

pase

había sido puesto por el Gobierno del

General P ezet; y ese

pase

no pudo estar oculto

á

US.,

puesto que se publicó por el periódico oficial, y los

otro~

periódicos publicaron tambien la Encíclica

Quanta cum.

Asegurado por esta contestacion verbal, procedí á ex–

pedir mi Pastoral, que una vez publicada, no me ha si–

do posible recoger. Y aquí debo advertir á US. que el

Metropolitano no ha pretendido como US. cree equivo–

cadamente, acogerse á esta contestacion privada para

darle el valor de

exequatu1·

en forma, porque si envió

i

su Pro-secretario cerca de US. no fué en solicitud del

pase,

sino

á

saber simplemente si puesto el

exequatur

por

el Gobierno del General Pezet, y obtenida la próroga,

habría en la actualidad inconveniente para publicarse

el Jubileo, ni la contestacion que recibió verbalmente

ha podido reputada como un

pase

en forma. Y en este

concepto, no babia necesidad de que US. se ocupase de

asegurar que S. E. jamas ha dado verbalmente ningu.n

decreto.