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cTc ínfraccion cometida por el Ejecutivo, que dirigirTe
Jos representaciones para que la cnmienlle, sin pasar á
declarar la nulidad del acto.
Mientras no se hubiese expresado l'a nulidad del
pase
de la Encíclica
Quanta cum,
por quien tenia derecho de
l1acerlo, no podía considerarse al Metropolitano emba–
razado para la publicacion del Jubileo. US. me dice, que
el actual Gobierno ha expresado la nulidad de tal
exe.
quatm·,
pero lo hace, segun ee deja ver, por el oficio de
Uf::l. que contesto. Antes de este oficio,
y
cuando envié
á mi Pro-secretario á saber de US. si habría inconvenien–
te para el Jubileo, lejos de expresarse entonces, como
pudo haberse hecho, la nulidad del
pase,
se me mandó·
contestar que no había inconveniente. Y supo US. po1·
conducto del mismo Pro-secretario, que se trataba del
J
ubílco, cuyo
pase
había sido puesto por el Gobierno del
General P ezet; y ese
pase
no pudo estar oculto
á
US.,
puesto que se publicó por el periódico oficial, y los
otro~
periódicos publicaron tambien la Encíclica
Quanta cum.
Asegurado por esta contestacion verbal, procedí á ex–
pedir mi Pastoral, que una vez publicada, no me ha si–
do posible recoger. Y aquí debo advertir á US. que el
Metropolitano no ha pretendido como US. cree equivo–
cadamente, acogerse á esta contestacion privada para
darle el valor de
exequatu1·
en forma, porque si envió
i
su Pro-secretario cerca de US. no fué en solicitud del
pase,
sino
á
saber simplemente si puesto el
exequatur
por
el Gobierno del General Pezet, y obtenida la próroga,
habría en la actualidad inconveniente para publicarse
el Jubileo, ni la contestacion que recibió verbalmente
ha podido reputada como un
pase
en forma. Y en este
concepto, no babia necesidad de que US. se ocupase de
asegurar que S. E. jamas ha dado verbalmente ningu.n
decreto.