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Si

esta hubiera sido la 1nente de los legisladores,

habrian e igido que tambien perteneciesen

á

la co–

munion católica los di_putados

y

senadores.

Y

en

estos la cuestion tiene t-ina importancia verdadera–

mente decisiva, por una razo·n n1uy sencilla. Los

diputados

y

senadores son los encargados de dictar

las leyes; el ejecutivo tiene que cumplirlas, por que

tal es la funcion mas importante que le corresponde

en el

mecani~n1o

de los poderes políticos. Por con–

siguiente, si las leyes dictadas, apesar de las obser–

vaciones

6

del veto suspensivo del ejecutivo, no fue–

sen del agrado de la corte pontificia, poco

ó

nada se

habría ganado con que el presidente de la Repúbli·

ca fuese católicv, apostólico romano.

Para dar al sistmna argentino de gobierno, el ca–

ráct3r teocrático que algunos pretenden seria, pues,

necesario que se hubiese co1nenzado por exigir fé de

bautisn1o

á

los representantes al congreso nacional.

N

o solamente se omitió esto, sino que se dió de ma–

no, en la n1encionada asamblea,

á

una n1ociou inicia–

da con el objeto de que se exigiese el carácter de

católico

á

todo empleado público.

Además, el presidente de la Reptí.blica por sí

solo no constituye una rama del poder público, no

es un org·anismo político co1npleto;es solo un elemen–

to-el mas importante sin duda-en la composicion

del poder ejecutivo. Esto es lo que se deduce de

las disposiciones constitucionales que requieren que