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curso forzoso, que dié
odgen~
tanto al aplazamiento
de aquellas partidas como al de otras que solo afec–
tan inter es
é
instituciones del 6rden civil.
N
o ha
habido, en realidad, el intento :ie renunciar al soste–
ninliento que se debe al culto católíco en la medida
de la capacidad rentística de la nacion.
Ademas de esta proteccion material, cuyos rasgos
culn1inantes dejan1os
· trazado~)
al culto católico se _
otorga en la persona de su3 tninistros, otra clase de
privilegios que los col0ca, en ciertos casos¡ fuera del
alcance de la legislacion comun. Estan exentos del
servicio nlilitar; los prelados y los rnie1nbros del se–
nado del clero están eximidos del deber de com–
parecer
á
prestar declaraciones ante los tribunales
de justicia, pudiendo haeerlo por medio de infor–
mes; laH autoridades eclesiásticas son
las úuicas
que pueden dar validez, para los esfectos civiles,
al matrimonio celebrado entre católicos y las úni–
cas que tienen ·facultad para declarar el divorcio
y
la disolucion de los mismos 1natrimonios; se consi ·
dera como asonada, es decir como un delito ptíblico el
intento llevado
á
cabo por cuatro
6
mas personas, de
perturbar con gritos,
injuria~
6
amenazas la cele–
bracion de alguna fiesta religiosa; por el código penal
se castigan hasta los simples actos de irreverencia
en los
1
ngares destinados al culto; se ha llegado has–
ta la exageracion de considerar como documentos
aut~nticos
y
válidos, para los efectos civiles, los