Previous Page  103 / 674 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 103 / 674 Next Page
Page Background

-- 95-

curso forzoso, que dié

odgen~

tanto al aplazamiento

de aquellas partidas como al de otras que solo afec–

tan inter es

é

instituciones del 6rden civil.

N

o ha

habido, en realidad, el intento :ie renunciar al soste–

ninliento que se debe al culto católíco en la medida

de la capacidad rentística de la nacion.

Ademas de esta proteccion material, cuyos rasgos

culn1inantes dejan1os

· trazado~)

al culto católico se _

otorga en la persona de su3 tninistros, otra clase de

privilegios que los col0ca, en ciertos casos¡ fuera del

alcance de la legislacion comun. Estan exentos del

servicio nlilitar; los prelados y los rnie1nbros del se–

nado del clero están eximidos del deber de com–

parecer

á

prestar declaraciones ante los tribunales

de justicia, pudiendo haeerlo por medio de infor–

mes; laH autoridades eclesiásticas son

las úuicas

que pueden dar validez, para los esfectos civiles,

al matrimonio celebrado entre católicos y las úni–

cas que tienen ·facultad para declarar el divorcio

y

la disolucion de los mismos 1natrimonios; se consi ·

dera como asonada, es decir como un delito ptíblico el

intento llevado

á

cabo por cuatro

6

mas personas, de

perturbar con gritos,

injuria~

6

amenazas la cele–

bracion de alguna fiesta religiosa; por el código penal

se castigan hasta los simples actos de irreverencia

en los

1

ngares destinados al culto; se ha llegado has–

ta la exageracion de considerar como documentos

aut~nticos

y

válidos, para los efectos civiles, los